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Roy Barreras ya quedó notificado

El presidente del Congreso, senador Roy Barreras, ya fue notificado por el Consejo de Estado de la decisión que le anuló su elección como Senador de la República, por incurrir en doble militancia.

Luego de la notificación, el presidente del Congreso deberá dejar el cargo a menos que presente en los próximos dos días un recurso que se llama de aclaración y/o adición a la sentencia.

Si esto no sucede, queda en firme la decisión y  la Secretaría de la Sección Quinta del Consejo de Estado enviará una comunicación al Congreso para que ejecute la decisión y Barreras tendrá que salir de esa unidad.

Al fallo de la Sección Quinta le cabe el recurso de aclaración, que según advierte la norma, puede instaurarse en los siguientes dos días. Este recurso suspende la ejecución de este fallo de única instancia mientras el Consejo de Estado se pronuncie resolviéndolo. En caso de que el senador Barreras no interponga este recurso, vencidos los dos primeros días, pasados tres días, es decir, el 12 de mayo, el fallo quedará en firme y Barreras deberá despedirse definitivamente del Congreso.

Además de este recurso, que al cierre de esta nota no se sabe si se presentará, el senador Barreras, luego de conocer la decisión de la Sección Quinta, anunció que interpondrá una acción de tutela para “restablecer los derechos de los electores”.

Barreras, en entrevista con Infobae, anotó que: “El juez constitucional, según dicen mis abogados, a través de alguna tutela, tendrá que determinar si un partido que es una entidad privada, puede hacer un doble castigo a cualquier colombiano: es decir, expulsarlo si no está de acuerdo con una decisión y luego condenarlo a que no pueda volver a aspirar por ningún partido; eso implicaría quitarle los derechos políticos”.

EL FALLO

Según el fallo de la Sección Quinta del Consejo de Estado, Barreras debió renunciar a su curul 12 meses antes de la fecha en que se llevaron a cabo las inscripciones para las elecciones del Congreso correspondientes al periodo 2022 – 2026.

“La Sección Quinta analizó las normas constitucionales aplicables al asunto y los precedentes de la Corporación, y determinó que con los Actos Legislativos 01 del 2003 y de 2009, el constituyente buscó el fortalecimiento del sistema de bancadas y la disciplina de los miembros de los partidos, además, se precisó que la expulsión del demandado del Partido de La ‘U’, no lo eximía de su deber de renunciar a la curul, en el plazo constitucionalmente establecido”

La demanda, según se puede leer en el fallo, fue interpuesta por Moisés David Anaya Villadiego, Martín Emilio Cardona Mendoza, Roberto Carlos Daza Cuello y Michelle Steffany Gómez Congote, que “solicitaron la declaratoria de nulidad del acto de elección de Roy Leonardo Barreras Montealegre como senador de la República”.

Los demandantes advertían que la elección de Barreras constituía una violación del artículo 2 de la Ley 1475 del 2011 que indica: “los candidatos que resulten electos, siempre fueren inscritos por un partido o movimiento político, deberán pertenecer al que los inscribió mientras ostenten la investidura o cargo, y si deciden presentarse a la siguiente elección por un partido o movimiento político distinto, deberán renunciar a su curul al menos 12 meses antes del primer día de inscripciones”.

¿QUÉ PASARÁ CON LA PRESIDENCIA DEL SENADO?

Luego de que el Consejo de Estado anuló la elección del senador Roy Barreras por doble militancia, se conoció el nombre de quien sería el nuevo presidente de dicha corporación.

Se trata del congresista liberal Miguel Ángel Pinto, quien actualmente oficia como primer vicepresidente del Senado y asumiría el cargo en caso de que Barreras interponga una acción de aclaración o de revisión y que se falle en su contra.

Si esto ocurre, y mientras se elige a un nuevo presidente que sea también del Pacto Histórico, el Senado quedaría en manos de los liberales, que en esa corporación se oponen a proyectos como la reforma de la salud.

Por su parte, la curul la asumirá el aspirante con mayor votación después de Barreras dentro del Pacto Histórico.

El alto tribunal tomó esta determinación desde su Sección Quinta, la cual encontró que Barreras, presidente del Congreso, incumplió su deber constitucional de renunciar a su curul 12 meses antes de la fecha límite para inscribirse en las elecciones en el periodo 2022-2026.

La decisión con la que se cae el congresista elegido por el Pacto Histórico, ficha clave del Gobierno Nacional de Gustavo Petro en las reformas a discutirse en el Legislativo, se tomó en la tarde de este jueves.

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