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Duque prorrogó el porte de armas

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La nueva norma estableció que el Ministerio de Defensa definirá los lineamientos para las autorizaciones especiales para particulares que se cuenten en condiciones de urgencia o seguridad. 

El Gobierno indicó que para otorgar esos permisos habrá criterios objetivos que serán dados a conocer en ese documento y no a la discrecionalidad de algunos funcionarios.

 

El presidente de la República, Iván Duque Márquez, firmó el decreto con el que se prorroga la prohibición del porte de armas de fuego en todo el país, el cual entrará en vigencia desde el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019.

“He firmado el Decreto 2362 que mantiene suspendidos los permisos para el porte de armas en el territorio nacional, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019. El derecho a autorizaciones especiales se mantiene. El monopolio de las armas debe estar en manos del Estado», indicó Duque a través de su cuenta de Twitter.

De esta forma, el primer mandatario extendió la medida del decreto que prohíbe el porte de armas, sin embargo, en uno de los parágrafos se estableció que el Ministerio de Defensa definirá los lineamientos para las autorizaciones especiales para particulares que se cuenten en condiciones de urgencia o seguridad. 

«El Ministerio de Defensa Nacional, durante la vigencia del presente Decreto, impartirá a las autoridades militares competentes los lineamientos y/o directrices para la expedición de las autorizaciones especiales que requieran los titulares por razones de urgencia o seguridad y de las excepciones que corresponda, teniendo en cuenta entre otros factores, las condiciones particulares de cada solicitud», reseña el decreto. 

En ese sentido, luego de que el primer mandatario prorrogara la restricción, la polémica se generará ahora sobre si el párrafo establecido dentro del decreto abre la posibilidad de que las personas particulares puedan acceder a un arma con el permiso del ministerio de Defensa y bajo qué condiciones.

 El ministro de Defensa, Guillermo Botero, explicó que el principal cambio que introduce el decreto que autoriza la expedición de permisos especiales para portar armas, por razones de urgencia o seguridad, es que se disminuye la discrecionalidad con la que cuentan los funcionarios para la expedición de los mencionados permisos.

«El cambio fundamental es que se producirá un instructivo dirigido a las personas encargadas para los permisos especiales. Habrá reglas de juego claras y no quedará a la discrecionalidad de los funcionarios», afirmó Botero.

Estos mencionados permisos son distintos al salvoconducto. Según Botero, el que tenga hoy armas y tenga salvoconducto no la puede portar, la puede tener en su casa. Quien tenga el permiso, contemplado en el decreto, sí la puede sacar a la calle.

«Eso es lo que estamos quitando, esa discrecionalidad, se crean unas condiciones objetivas. Las condiciones objetivas pueden ser las de Ana María. Es un documento que está en construcción que explica claramente por qué necesita un arma. Ana María ya en el pasado ha sido víctima de atracadores o su familia ha recibido amenazas durante los últimos 10 años. Se puede estudiar su caso y se le podría entregar. Se disminuye la discrecionalidad», agregó.

Según Botero, el decreto no flexibiliza los criterios para el otorgamiento de salvoconductos.

La suspensión de los permisos de porte se efectuará “sin perjuicio de las autorizaciones especiales y de las excepciones correspondientes que durante estas fechas expidan las mismas, por razones de urgencia o seguridad de los titulares”, dice el Decreto.

EL DECRETO 2362

“Artículo 1. Las autoridades militares de que trata el artículo 32 del Decreto-ley 2535 de 1993, en concordancia con el artículo 10 de la Ley 1119 de 2006, adoptarán las medidas necesarias para la suspensión general de los permisos para el porte de armas en todo el territorio nacional, desde el 1° de enero hasta el 31 de diciembre de 2019, sin perjuicio de las autorizaciones especiales y de las excepciones correspondientes que durante estas fechas expidan las mismas, por razones de urgencia o seguridad de los titulares”.

Dicho Decreto, en su parte motiva, señala que de acuerdo con estadísticas de homicidios y lesiones personales facilitadas por la Policía Nacional, “entre los años  2013 y 2018, en el tiempo de vigencia de las medidas para la suspensión general de los permisos para el porte de armas en el periodo comprendido entre los años 2016 al 2018, existe una tendencia decreciente de los índices de homicidios y lesiones ocasionadas por armas de fuego, lo cual coadyuva a garantizar los derechos y libertades fundamentales, seguridad ciudadana y el orden público”.

También se indica  que la Dirección de Seguridad Ciudadana de la Policía Nacional consideró oportuno “adoptar medidas para la suspensión general de permisos para el porte de armas de fuego en el territorio nacional, como mecanismo de respuesta inmediata y efectiva que permite contrarrestar y reducir la probabilidad de ocurrencia de delitos y comportamientos contrarios a la conveniencia a nivel nacional”.

En otro de los considerandos se recuerda que “en la Sentencia C-296 de 1995, la Corte Constitucional estudió una demanda, en la que se cuestionaba un artículo (el artículo 1° de la Ley 61 de 1993) y el Decreto ley 2535 de 1993, por crear un monopolio en cuanto al control de las armas en cabeza del Estado. En la demanda, se consideraba que tal posición implicaba que los ciudadanos de bien no tuvieran la posibilidad para poderse defender. La Corte consideró en aquella ocasión que entre el control de las armas y la protección de los derechos y las libertades constitucionales, en especial, la vida y la integridad personal, existe una clara relación. Así planteo la cuestión: ‘(…) según las estadísticas existentes, es posible sostener que el porte de armas promueve la violencia, agrava las consecuencias de los enfrentamientos sociales e introduce un factor de desigualdad en las relaciones entre particulares que no pocas veces es utilizado para fortalecer poderes económicos, políticos o sociales. Por eso los permisos para el porte de armas sólo pueden tener lugar en casos excepcionales. Esto es, cuando se hayan descartado todas las demás posibilidades de defensa legítima que el ordenamiento jurídico contempla para los ciudadanos´”.

Y, por último, se explica que la competencia del Gobierno nacional para suspender de manera general el porte de armas fue ratificada por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-867 de 2010.

REACCIONES

El anuncio del presidente Iván Duque en el que confirmó la firma del decreto que prorroga por un año más la prohibición al porte de armas ha generado reacciones diversas en los sectores políticos en donde se considera fundamental que se mantenga la medida pero se crítica que, supuestamente, se esté abriendo la puerta para que cualquier ciudadano pueda solicitar un arma.

El senador de La U Armando Benedetti indicó que el decreto es ambiguo porque no se conoce quién determinará los casos especiales en que se podrá entregar armas a la ciudadanía. “Esta es una sociedad bastante violenta que siempre busca una excusa para matar, por ejemplo, que si lo miraron feo, que le miraron la novia o por un equipo de fútbol. Ese decreto permitirá que haya más personas con armas argumentando ser un caso especial, así que habrá más armas en las calles de nuestro país”.

A su turno el vicepresidente del Partido Conservador Wadith Manzur agradeció al presidente Iván Duque por haber aceptado la petición que se hizo desde el Congreso en donde varios legisladores de su partido y del Centro Democrático solicitaron flexibilizar la medida.

“Le dieron las facultades al Ministro de Defensa par que reglamente ese tema y queden unas condiciones claras para otorgar los permisos especiales. En el departamento de Córdoba, donde yo habito, la cantidad de delincuentes de las Bacrim o grupos desmovilizados son quienes tienen el poder de las armas y eso atemoriza a los habitantes y por eso es bueno que quien cumpla los requisitos pueda portar un arma”.

El senador del Centro Democrático Santiago Valencia indicó que la normatividad actual impide que las armas tengan libre circulación y por eso considera innecesario un permiso especial. “A mí me hubiera gustado que quitaran la restricción al porte de armas porque ya sacar una con salvoconducto es bastante difícil y tiene controles específicos así que un permiso especial se me hace innecesario aunque respeto y entiendo la decisión del Gobierno y estamos a la espera de cuáles serán las condiciones especiales de las que habla el decreto”.

El conservador Juan Diego Gómez señaló que la reglamentación que expedirá el Ministerio de Defensa debe ser clara para evitar que las armas caigan en manos de quienes no deberían tenerlas. “La firma del decreto da tranquilidad a los ciudadanos pero lo importantes es que los lineamientos sean claros para que de verdad sean permisos especiales porque la ciudadanía puede estar en condiciones de inferioridad como en Medellín en donde los delincuentes tienen las armas y las personas de bien están sometidas por estas personas”.

Justamente el ministro de defensa Guillermo Botero aseguró que se está trabajando en esa normatividad y que la idea es tenerla lista antes del 31 de diciembre para socializarla.

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