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Colombia no está cumpliendo con la normatividad que le obliga a tener una regulación en el uso de las aguas termales que tiene el país, según reveló éste sábado la Procuraduría General de la Nación.
En tal sentido señaló que “a la fecha, el país no cuenta con una norma expedida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, que estipule los límites definidos para los vertimientos de las aguas termales a las fuentes hídricas como ríos, manantiales, riachuelos, arroyos”.
Explicó que elaboró un “informe sobre la gestión manejo, uso y administración de las aguas termales, seguimiento que permitió establecer que la inexistencia de una regulación y lineamientos definidos, dificultan la labor de las 15 Corporaciones Autónomas Regionales encargadas de otorgar las concesiones para autorizar su uso y aprovechamiento”.
Se precisa que existen en el país 135 fuentes termales, ubicadas en 51 municipios del país y que registran una ocupación total de 9.295,67 hectáreas en todo el territorio nacional. El informe “Gestión de las Aguas Termominerales en Colombia, por parte de las Corporaciones Autónomas Regionales 2022”, también reveló que, solo el 21,4 % de las Corporaciones Autónomas Regionales, responsables de la administración de las aguas termales, han realizado caracterizaciones de tipo fisicoquímicas, microbiológicas e hidrogeológicas de las aguas; mientras que el 78,5% restante no las han efectuado, lo que pone en alto riesgo la preservación y adecuada gestión de las condiciones de las fuentes hídricas en el país.
Para la Procuraduría es fundamental que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, genere los lineamientos de política y la regulación requerida para el manejo, gestión y administración de las aguas termales del país.
/Colprensa