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No se puede adelantar publicidad política para la elección presidencial

A partir de mañana 29 de marzo empezarían a contarse los 60 días antes de la fecha de elecciones presidenciales, permitidos para la difusión de la propaganda política. 

Las autoridades en Santa Marta advirtieron que sólo 60 días antes de las elecciones presidenciales del domingo 29 de mayo, se podrá difundir la publicidad electoral a favor de partidos o movimientos políticos, listas o candidatos a cargos o corporaciones públicas de elección popular, y del voto en blanco.

La instrucción entregada por las autoridades se dio a través del Departamento Administrativo de Sostenibilidad Ambiental, Dadsa, que indica que “la propaganda a través de los medios de comunicación social y del espacio público, únicamente podrá realizarse dentro de los 60 días anteriores a la fecha de la respectiva votación”.

En este sentido, se les invita a abstenerse de instalar y/o utilizar antes del plazo previsto en la Ley, elementos de publicidad política exterior visual,  incluso propaganda electoral “entiéndase por propaganda electoral toda forma de publicidad realizada con el fin de obtener el voto de los ciudadanos a favor de partidos o movimientos políticos, listas o candidatos a cargos o corporaciones públicas de elección popular, del voto en blanco, o de una opción en los mecanismos de participación ciudadana”. (Artículo 35°, ibídem), en la jurisdicción del Distrito de Santa Marta.

La autoridad ambiental en Santa Marta, adelantará operativos de verificación y control, con el objetivo de que se siga al pie de la letra la norma.

Para el distrito de Santa Marta se permitirá el número de hasta 30 vallas publicitarias por partidos, movimientos políticos, grupos significativos de ciudadanos y movimientos sociales.

Por otro lado, a través de la citada resolución, se expusieron las áreas en las que no estará permitido instalar propaganda electoral, como en espacios públicos, iglesias, monumentos o edificios públicos, árboles, postes, ante jardines, andenes, calzadas, separadores, zonas verdes, los avisos volados o salientes de las fachadas, cuando se utilice forma de signo o señal de tránsito con fines publicitarios.

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