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En una nueva realidad, desde hoy 16 de noviembre comienza a regir en Santa Marta y el resto de Colombia la obligación de presentar el certificado de vacunación para los mayores de 18 años que quieran asistir a eventos presenciales.
Ante la necesidad de brindarle a la ciudadanía una herramienta que permita tener acceso de manera oportuna y ágil a los datos del carné de vacunación, cuando la persona ha sido objeto de la aplicación de la vacuna contra el covid-19, el Ministerio de Salud y Protección Social como entidad responsable de emitir el carné de vacunación es la única entidad que puede disponer del documento físico y digital a usar en el marco del Plan Nacional de vacunación y cuyo contenido y forma de acceder sea igual en todo el territorio nacional, sin importar el prestador que hubiese tenido a su cargo la aplicación del biológico o el lugar donde se realizó el procedimiento.
De igual manera, el procedimiento que se emplee para su emisión, debe garantizar que el acceso a la información se realice de manera individual, personal y segura, pues la aplicación de la vacuna es una información que hace parte de la historia clínica de una persona, por lo tanto el acceso a esta información debe estar bajo el régimen de protección de datos personales habeas data y demás aspectos relacionados con el tratamiento de información, que le sea aplicable, en el marco de la Ley Estatutaria 1581 de 2012, de la Ley 1712 de 2014, del Capítulo 25 del Título 2 del Libro 2 de la Parte 2 del Decreto 1074 del 2015, por lo cual el acceso a la misma debe darse a través del sistema o las herramientas tecnológicas que permitan su acceso solo al titular de esta información.
En virtud de todo lo anterior, ninguna entidad pública o privada diferente al Ministerio de Salud podrá emitir o comercializar el carné de vacunación, en el marco del Plan Nacional de Vacunación.