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Los ciudadanos deben ejercer su derecho al voto en la misma mesa y puesto de votación.
En el Departamento están habilitadas 2.552 mesas, distribuidas en 327 puestos de votación.
Hoy domingo 26 de agosto total de 946.663 ciudadanos podrán acudir a las urnas a votar la Consulta Popular Anticorrupción, de este número de personas habilitadas para sufragar, 473.177 son mujeres y 473.486 hombres, los cuales podrán ejercer su derecho al voto en 2.552 mesas distribuidas en 327 puestos de votación en el Departamento.
De las 2.552 mesas habilitadas; 1855 están en cabeceras municipales; y 697 en zonas rurales. Y de los 327 puestos de votación, 99 están en cabeceras municipales y 228 en áreas rurales; dos puestos en cárceles, el primero ubicado en el distrito de Santa Marta y el segundo en el municipio de El Banco. La Registraduría Nacional recuerda a todos los colombianos, que este 26 de agosto deben ejercer su derecho al voto en la misma mesa y puesto de votación donde lo hicieron por última vez.
Por lo tanto, para conocer con exactitud el lugar y puesto votación, la Registraduría pone a disposición de la ciudadanía diferentes canales para la consulta del lugar de votación y asignación como jurado de votación. A través del aplicativo móvil los usuarios pueden ingresar a la tienda móvil de su dispositivo y descargar la APP, posterior a su instalación podrá realizar las diferentes consultas ingresando su número de cédula.
LOS JURADOS
De otra parte, en el Magdalena se asignaron 15.995 ciudadanos como jurados de votación en la Consulta Popular Anticorrupción. Cabe recordar que este cargo es de forzosa aceptación, si bien, ser jurado de votación le permite a los ciudadanos asumir y poner en práctica su compromiso con los principios democráticos del país, dado que estos ciudadanos son los protagonistas de las jornadas electorales y tienen la tarea de atender a los sufragantes, manejar el material electoral, vigilar las urnas y realizar el conteo de los votos.
SEGURIDAD Y PUESTOS DE MANDO UNIFICADO
Y para atender cualquier novedad que se presente en el Magdalena, en los 29 municipios y el distrito de Santa Marta, funcionarán Puestos de Mando Unificados (PMU), en el cual se recepcionarán las denuncias y/o situaciones de emergencia que se presenten en el proceso electoral. En Santa Marta el PMU funcionará hoy desde las 8 a.m. hasta finalizar el proceso electoral en las instalaciones de la Policía del Magdalena.
Además, para garantizar la seguridad del proceso electoral autoridades de Policía y Ejército Nacional dispondrán de un apoyo de más de 3 mil hombres en todos los puestos de votación, del Magdalena
A NIVEL NACIONAL
También, en el país y en el exterior son 36.421.026 los ciudadanos que están habilitados para sufragar durante la Consulta Popular Anticorrupción; de ellos 18.819.136 son mujeres y 17.601.890 hombres, que podrán votar en 11.233 puestos, donde se habilitarán 97.027 mesas de votación. El puesto de mayor concentración de votantes del país estará ubicado en Bogotá, en el Centro Internacional de Negocios y Exposiciones, Corferias, donde 429.320 ciudadanos están habilitados para votar en las 360 mesas de votación que se instalarán para esta jornada democrática.
LA APROBACIÓN DE LA CONSULTA
Es de aclarar, que el día de hoy, la consulta popular será aprobada cuando cada pregunta haya obtenido el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos, siempre y cuando haya participado no menos de la tercera parte de los electores que componen el respectivo censo electoral. De tal forma que si el censo electoral para la Consulta Popular Anticorrupción es de 36.421.026 colombianos; esto quiere decir que para que la consulta prospere tendrían que votar 12.140.342 ciudadanos.
La finalidad de esta Consulta es convocar a los ciudadanos a que voten para que se establezca una serie de medidas tendientes a evitar la corrupción y a castigar conductas de políticos y contratistas que hayan defraudado los recursos públicos, en total estas 7 las preguntas que los ciudadanos deberán responder con un SI o un No:
¿Aprueba usted reducir el salario de los congresistas de 40 a 25 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes, fijando un tope de 25 Salarios como máxima remuneración mensual de los congresistas y altos funcionarios del Estado señalados en el artículo 197 de la Constitución Política?
¿Aprueba usted que las personas condenadas por corrupción y delitos contra la administración pública deban cumplir la totalidad de las penas en la cárcel, sin posibilidades de reclusión especial, y que el Estado unilateralmente pueda dar por terminados los contratos con ellas y con las personas jurídicas de las que hagan parte, sin que haya lugar a indemnización alguna para el contratista ni posibilidad de volver a contratar con el Estado?
¿Aprueba usted establecer la obligación a todas las entidades públicas y territoriales de usar pliegos tipo, que reduzcan la manipulación de requisitos habilitantes y ponderables y la contratación a dedo con un número anormalmente bajo de proponentes, en todo tipo de contrato con recursos públicos?
¿Aprueba usted establecer la obligación de realizar audiencias públicas para que la ciudadanía y los corporados decidan el desglose y priorización del presupuesto de inversión de la Nación, los departamentos y los municipios, así como en la rendición de cuentas sobre su contratación y ejecución?
¿Aprueba usted obligar a congresistas y demás corporados a rendir cuentas anualmente sobre su asistencia, iniciativas presentadas, votaciones, debates gestión de intereses particulares, proyectos, partidas e inversiones públicas que haya gestionado y cargos públicos para los cuales hayan presentado candidatos?
¿Aprueba usted obligar a todos los electos mediante voto popular a hacer público a escrutinio de la ciudadanía sus declaraciones de bienes, patrimonio, rentas, pago de impuestos y conflictos de interés, como requisito para posesionarse y ejercer el cargo; incorporando la facultad de iniciar de oficio investigaciones penales y aplicar la extinción de dominio al elegido y a su potencial red de testaferros como su cónyuge, compañero o compañera permanente, a sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil, y a sus socios de derecho o de hecho?
Y ¿Aprueba usted establecer un límite de máximo tres periodos para ser elegido y ejercer en una misma corporación de elección popular como el Senado de la República, la Cámara de Representantes, las Asambleas Departamentales, los Concejos Municipales y las Juntas Administradoras Locales?
HABILITADOS PARA VOTAR
MUNICIPIO MUJERES HOMBRES TOTAL MESAS
SANTA MARTA 181.044 159.4911 340.535 875
ALGARROBO 4.683 5.298 9.981 28
ARACATACA 13.512 13.994 27.506 79
ARIGUANÍ 10.537 11.712 22.249 60
CERRO 4.049 4.489 8.538 24
CHIBOLO 6.096 7.250 13.346 37
CIÉNAGA 42.813 41.072 83.885 220
CONCORDIA 5.273 6.044 11.317 31
EL BANCO 22.858 24.093 46.951 127
EL PIÑÓN 6.269 7.037 13.306 38
EL RETEN 6.802 7.030 13.832 38
FUNDACIÓN 26.473 25.866 52.339 130
GUAMAL 10.395 12.201 22.596 69
NUEVA GRANADA 6.636 8.068 14.704 41
PEDRAZA 4.822 5.219 10.041 29
PIJIÑO 3.924 4.654 8.578 28
PIVIJAY 13.787 15.251 29.038 81
PLATO 19.266 20.722 39.988 106
PUEBLOVIEJO 10.606 10.982 21.588 61
REMOLINO 3.250 3.775 7.025 21
SABANAS 4.713 6.370 11.083 32
SALAMINA 3.730 4.039 7.769 21
SAN SEBASTIÁN 7.714 8.803 16.517 49
SAN ZENÓN 4.000 4.673 8.673 28
SANTA ANA 7.405 8.071 15.476 44
SANTA BÁRBARA 3.769 4.444 8.213 24
SITIONUEVO 8.602 9.955 18.557 50
TENERIFE 4.914 5.711 10.625 33
ZAPAYÁN 3.777 4.529 8.306 25
ZONA BANANERA 21.458 22.643 44.101 123
TOTAL 473.177 473.486 946.663 2.552