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Dau será suspendido tras petición de contralor distrital al presidente Duque

Cartagena vuelve a estar ad portas de otro periodo de interinidad, luego de tener más de 12 alcaldes encargados durante la última década por distintas investigaciones. El nuevo proceso lo vive el alcalde William Dau Chamat, quien sería suspendido este martes 31 de mayo tras la petición que le hizo el contralor (e) distrital, Rafael Castillo Fortich, al presidente de la República, Iván Duque, de suspender al mandatario local tras una indagación por la ejecución del contrato S.A. BUS – DADIS-UAC-047-2021, celebrado para la compra de pruebas rápidas de Covid-19 en el 2019.

Por el mismo proceso la semana pasada el contralor distrital le pidió al alcalde apartar de su cargo a la directora del Departamento Administrativo Distrital de Salud (Dadis), Johana Bueno. Pese a que ha sido una de sus funcionarias destacadas, sobre todo por el manejo de la pandemia, Dau no tuvo más remedio que acatar la orden y apartar a Bueno de su cargo.

Esta investigación empezó, según la Contraloría Distrital, por la denuncia del ciudadano Álvaro Ganem Issa, supuestamente radicada en el portal del ente de control; sin embargo, Ganem Issa aseguró ante las cámaras de El Universal que nunca presentó dicha denuncia. Esto es algo que el alcalde Dau resaltó cuando reaccionó a la polémica en sus redes sociales, y será uno de los elementos con los que acompañará un recurso que presentará al presidente Iván Duque.

Tras la petición de Dau al presidente de la República, el mandatario de los cartageneros confirmó que se comunicó el viernes pasado con el ministro del Interior, Daniel Palacios, quien le confirmó que, “si ellos recibían la orden de la suspensión”, tenían que cumplirla. Por ello, se espera que el alcalde sea suspendido este martes y que el presidente Iván Duque encargue a alguien mientras se adelanta la investigación contra Dau.

Ante la suspensión, el movimiento Salvemos a Cartagena, que inscribió la candidatura del alcalde local en 2019, tendrá que escoger una terna entre sus integrantes y enviarla al presidente Duque para que este escoja a quien estará al frente del Distrito mientras investigan a Dau.

“Llamé al ministro del Interior el viernes pasado, me dijo que mejor dejaban pasar el fin de semana de elecciones para evitar problemas durante las votaciones, y que con eso daban tiempo para ir armando la terna. Me dijeron que no había afán, pero que debían acatar la orden -de suspensión-. Yo no voy a aceptar esa decisión”, indicó el alcalde Dau a El Universal.

Por ello, este lunes 30 de mayor, a través de un Facebook Live, el alcalde le pidió al presidente Iván Duque no aceptar la solicitud de la Contraloría Distrital de suspenderlo de su cargo. “Convoco al presidente Duque para que no sea partícipe de un complot fraguado desde la clase política cartagenera. Están buscando suspenderme por medio de un contralor ilegítimo y antidemocrático que fue encargado por cinco concejales. (…) Han solicitado al presidente mi suspensión inmediata del cargo, que desconoce el estado social de derecho, la democracia y la Constitución Política de Colombia”, dijo.

Y continuó: “La interinidad intencional del contralor de Cartagena desconoce la Constitución y la Ley. Esto da pie para que en cualquier parte se reúnan concejales malandrines, nombren un contralor de bolsillo y por no darles tajadas van a suspenderlo”.

“Esta resolución emitida por la Contraloría Distrital es una abierta y descarada expresión de participación en política que no puede ser consumada por el presidente de la República. Este acto arbitrario fue expedido en vísperas de las elecciones presidenciales para influir en sus resultados, y como se explicó, es el modus operandi resultante de la interinidad que mantiene intencionalmente el Concejo de la ciudad en el cargo de contralor distrital, participación que no debería acolitar el presidente de Colombia”, aseguró.

El alcalde le confirmó a El Universal que este martes 31 de mayo en la mañana presentarán ante el Gobierno nacional una solicitud de excepción de inconstitucionalidad. Dau espera que al presentar este recurso detengan su suspensión mientras lo resuelven, aunque conocedores del tema dicen que la suspensión es inminente.

“Solicitamos al señor presidente aplicar la excepción de inconstitucionalidad a la Resolución 164 de 2022 de la Contraloría Distrital, por ser violatoria del artículo 127, modificado por el artículo 1, acto legislativo 2 de 2004, al ser una expresión descarada de participación en política”, dijo el burgomaestre.

Plantón y cacerolazo

A través sus redes sociales, el alcalde Dau está impulsando un plantón en los bajos de la Alcaldía, que está programado para este martes 31 de mayo a las 8 de la mañana. La iniciativa está siendo apoyada por funcionarios de la administración del gobierno “Salvemos Juntos a Cartagena” y simpatizantes.

“Unos concejales malandrines y su fiel perro ordenaron al presidente suspender al alcalde libre y democráticamente elegido por los cartageneros. ¿Lo vas a permitir? Te espero mañana, a las 8 a. m.”, indicó el mandatario. Este confirmó que en la noche de este martes también habrá un cacerolazo.

La terna

La orden de suspensión se oficializaría entre este martes y el miércoles con el nombramiento de un alcalde encargado, enviado desde Presidencia. De inmediato, el comité inscriptor del grupo significativo Salvemos a Cartagena, movimiento que avaló la candidatura de William Dau a la Alcaldía, deberá enviarle la terna a la Presidencia. De esta saldrá el nombre de quien quedará encargado. Esa persona estará al frente del Distrito, mientras evoluciona la investigación de la Contraloría Distrital.

El comité lo conforman Bladimir Besabe, funcionario del Establecimiento Público Ambiental de Cartagena (EPA); Ernesto Mondol y Cynthia Pérez Amador, exprimera dama. Esta última fue apartada de la administración Dau por presuntas irregularidades. Para el trámite de la terna, según fuentes del Distrito, Dau ya se reunió con Besabe y con Mondol.

Aunque Dau asegura que está apartado de ese proceso, el medio La Contratopedia Caribe informó que el mandatario habría sugerido armar la terna con tres de sus funcionarios más cercanos: Olga Acosta Amel, secretaria de Educación; Miguel Ángel Correa, secretario de Participación; y Ana María González-Forero, directora de Cooperación Internacional. Esos nombres ahora serán debatidos por el comité inscriptor, que será el que finalmente defina la terna.

¿Tiene el contralor las facultades?

Frente a si el contralor distrital tiene las facultades para pedirle al presidente de la República que suspenda al alcalde William Dau, un abogado experto consultado por este medio explicó que sí es procedente.

“Desde el punto de vista constitucional, el numeral 8 del artículo 268 de la Constitución otorga competencia al contralor general de la República para ‘exigir, verdad sabida y buena fe guardada, la suspensión inmediata de funcionarios mientras culminan las investigaciones o los respectivos procesos fiscales, penales o disciplinarios’. Y el artículo 272 de la Constitución establece que las contralorías territoriales tendrán ‘las funciones atribuidas al contralor general de la República en el artículo 268 en lo que sea pertinente’”, indicó.

Y agregó: “De este modo, siguiendo el texto constitucional, las contralorías territoriales tendrían competencia para exigir, verdad sabida y buena fe guardada, la suspensión de funcionarios públicos, por lo que podría sostenerse que el contralor distrital de Cartagena contaría con la competencia para exigir la suspensión del alcalde mayor de Cartagena. De todas maneras, siguen existiendo problemas frente al artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos, debido a que se trata de un servidor de elección popular a quien se le aparta del ejercicio de la función pública por una autoridad administrativa”.

Finalmente, el abogado señaló: “Por otro lado, frente a la solicitud de suspensión, en principio el presidente de la República debe cumplirla, a menos que encuentre razones que impidan acceder a lo solicitado por el contralor distrital de Cartagena. Por ejemplo, que considere que la solicitud no cumple con los requisitos previstos en el ordenamiento jurídico para que sea obligatoria, o que por orden de una autoridad judicial se suspendan los efectos de la solicitud de suspensión”.

/Colprensa

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