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Corte no ha dado traslado a la Procuraduría en caso de ley de garantías

La semana pasada, la Sala Plena de la Corte Constitucional declaró como urgencia nacional, el estudio de las demandas que se surten en contra de la Ley de Presupuesto aprobada en el Congreso, en el que se incluye la ley de garantías.

En total, son 21 demandas que alegan que hubo ilegalidad en la aprobación de la reforma legal que suspendió la ley de garantías durante la vigencia de 2022 y que fue aprobada de cara a las elecciones de Congreso y Presidencia que se realizarán este semestre.

Esta norma permitió que se pudieran suscribir convenios interadministrativos entre el Gobierno nacional y los municipios en plena época electoral, con el fin de “no frenar el crecimiento y la reactivación económica en medio de la pandemia”.

Pese a que el asunto deberá estudiarse rápidamente, la Procuraduría informó que, frente a las demandas, la Corte Constitucional no ha dado traslado al Ministerio Público para dar concepto, por cuanto esa entidad aún no puede hacer ningún pronunciamiento sobre el tema.

Así mismo aclaró que, “una vez el Ministerio Público reciba el proceso, tiene un término máximo de 20 días para presentar su posición, según lo dispuesto por la Ley”.

Cabe mencionar que, desde hace tres meses, las entidades estatales han celebrado 604 contratos desde que empezó a regir el artículo 124 de la Ley 2159 de 2021.

Las demandas en cuestión aseguran que en la ley debió haberse tramitado como ley estatutaria y que la reforma no tiene relación con el resto de contenido de la ley, además que se votó sin las mayorías requeridas en el Congreso, por lo cual se habría violado el principio democrático.

/Colprensa

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