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Vence el plazo para la entrega de documentos

El programa de mejoramiento de vivienda permite a los beneficiarios del municipio de Ariguaní mejorar las condiciones del lugar donde viven.

Hasta hoy viernes 2 de noviembre los beneficiarios del programa de mejoramiento de vivienda, en el municipio de Ariguaní, tienen plazo para entregar los documentos que les permitan acceder a este beneficio.

 

Las personas postuladas deberán entregar la documentación a partir de las 8:00 am al centro cultural Alicia Palmera de Maestre en el primer piso.

Este proyecto va enfocado a las zonas vulnerables y menos favorecidas que habitan la cabecera municipal para beneficiarlos con una vivienda digna, con esto la administración busca reducir el déficit habitacional que tiene el municipio.

DOCUMENTOS

Las personas que diligencian el formulario de inscripción deberán tener los siguientes documentos:

Documento de identidad del beneficiario (copia de cédula de ciudadanía por ambas caras, legible e identificable).

Documento de identidad de los miembros que conforman el grupo familiar y habiten en la vivienda.

Documentos de  soporte de condiciones de vulnerabilidad (según aplique):

  • Condición de Discapacidad: Si algún integrante del núcleo familiar que resida en la solución habitacional presenta discapacidad física, sensorial, cognitiva, mental o múltiple, se debe anexar el respectivo certificado médico.
  • Situación de Desplazamiento Forzado: Prosperidad Social verificará esta situación con las bases de datos de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas.
  • Pertenencia a Grupos Étnicos: certificado emitido por la autoridad y/o grupo correspondiente que acredite que pertenece a dicha población.

Soporte de propiedad o posesión de la vivienda, lo cual podrá ser soportado a través de los siguientes documentos:

  • Propiedad: Para acreditar la propiedad del inmueble se debe anexar certificado de libertad y tradición donde se evidencie la ausencia de limitaciones de dominio, condiciones resolutorias, embargos y/o gravámenes, con fecha de expedición no mayor a 90 días calendario.
  • Posesión: Se debe acreditar la posesión del inmueble de manera ininterrumpida (ausencia de lapsos en los cuales no se ejerció la posesión), pacífica (sin violencia) y sana (con carencia de dolo). Esta acreditación se debe demostrar mediante el aporte de prueba sumaria (prueba no controvertida que se entiende aportada de buena fe) de que ha ejercido la posesión del inmueble en un lapso mínimo de cinco (5) años.

Además de lo anterior, se podrán aportar copias de todos o alguno de los siguientes soportes, los cuales se analizarán en su conjunto para demostrar una sana posesión:

Pago de servicios públicos.

Pago de impuestos o contribuciones y/o valorizaciones.

Acciones o mejoras sobre el inmueble.

Escrituras sobre el inmueble.

Además, las modalidades de intervención, podrán focalizarse tanto para zonas urbanas como rurales. En todo caso, la intervención depende de la valoración técnica del estado actual de la vivienda y estimación presupuestal de las actividades constructivas, para efectos de establecer valores máximos de intervenciones dependiendo de la necesidad que sea identificada en el diagnóstico técnico de la vivienda.

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