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Expertos alertan por trato diferencial a poblaciones étnicas en la reforma pensional

Se crearía un sistema pensional diferente con más beneficios para más de 40% de la población del país, sin cuantificar el costo fiscal

La noche en la que se aprobó la reforma pensional en el segundo debate en la plenaria del Senado se introdujo a último minuto un polémico artículo que encendió las alarmas por su posible impacto fiscal y sostenibilidad del sistema.

El proyecto estuvo en riesgo por falta de quórum, pero el ministro del Interior, Luis Fernando Velasco y el director del Departamento Nacional de Planeación, DNP, Alexander López, convencieron a los senadores Richard Fuelantala y Paulino Riascos a cambio de agregar el polémico artículo.

 

La norma incluida a última hora en el texto (artículo 94) ordena un trato diferencial en materia pensional para los pueblos indígenas, las comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras y campesinos, quienes se podrán pensionar antes que el resto de la población.

Según el senador Fuelantala, la explicación de su propuesta se debe a que la población rural, según datos de la ONU, tiene 20 años menos de esperanza de vida, y en áreas con comunidades indígenas y afrodescendientes, podría ser menor a 66 años.

«Casos como Chocó, 66 años de esperanza de vida, o como la Guainía o Amazonas 66,8 años. Muy difícilmente podemos esperar a que nuestra gente se pensione por una vía legal. Esto tendría un impacto fiscal, pero se beneficiará la gente pobre y vulnerable que habita en las zonas rurales. Este Gobierno se comprometió a defender estos derechos”, dijo el congresista.

Sobre ese impacto fiscal se refirió José Ignacio López, presidente del centro de estudios económicos Anif, quien alertó que se crearía un nuevo sistema pensional para cerca de la mitad del país.

 

«Este artículo en la reforma pensional potencialmente crea un sistema pensional diferente para 41% de los colombianos. Un sistema sin claridad en parámetros y costos. Sabemos que hay comunidades rezagadas y con retos enormes. No obstante, una discusión de tanta importancia no se puede improvisar», dijo López.

Según cifras de Anif, solo la población campesina representa 29% de la población total, las comunidades indígenas, gitanos o Rrom, raizales y palenqueras agregan otro 5% y el pueblo afrodescendiente, negro y mulato representan 7% adicional.

La senadora Norma Hurtado también rechazó el artículo incluido a última hora. «Es preocupante el impacto fiscal de este proyecto de ley en los términos propuestos por el Gobierno. La Cámara de Representantes deberá evaluar atentamente los riesgos e implicaciones de los artículos que pretendan añadirle a la reforma sin estudio previo», dijo la congresista.

 

Un informe de Credicorp Capital alerta por el costo fiscal que tendrán los tratos diferenciales hacia las mujeres y estos grupos étnicos. «Para los próximos años, el impacto fiscal de la reforma proveniente de los pilares solidario y semicontributivo sería relativamente bajo, de 0,2% del PIB, pero debe reconocerse que el nuevo texto implicaría algunas presiones potenciales adicionales derivadas de tratos diferenciales hacia mujeres y grupos étnicos difíciles de cuantificar», detalla el informe.

¿Qué dice el artículo?

El artículo 94 incluido en la reforma pensional se refiere a un trato diferencial a los pueblos indígenas, las comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras y campesinos.

Dice que los años y semanas para esta población deberán a justarse a la baja en comparación con resto de la población. El nuevo cálculo se haría con la diferencia entre la esperanza de vida de Colombia, que es de 77 años, con la esperanza de vida de estas comunidades, que según mencionó el senador Fuelantala ronda los 66 años.

El Dane sería la entidad encargada de calcular esa diferencia y, posteriormente, el Ministerio de Trabajo determinará el número de años y semanas que aplicará para esta población.

Cabe señalar, que el texto aún debe pasar por dos debates en la Cámara de Representantes y una conciliación con el Senado, en caso de que se cambien algunos artículos.

 

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