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Algunas de las normas del sector defensa que ‘tumbaron con depuración

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Del paquete de 10.667 normas que se derogaron tras la iniciativa del Ministerio de Justicia y que ahora está listo para la firma presidencial, hay 407 que hacían referencia a normas relacionadas con temas de defensa y de orden público.

Del siglo 19 fueron ‘tumbadas’ por obsoletas 87 normas, la más vieja es de 1864, una ley promulgada el 17 de mayo de ese año en el que se aumentaba el pie de fuerza para el servicio del gobierno de la unión.

Esa ley llevaba las firmas de los presidentes del Senado de Plenipotenciarios (como se llamaba en ese entonces), Santos Acosta, y de la Cámara de Representantes, José M. Samper. También figura que la ley fue firmada por el secretario de Guerra y Marina, Manuel Murillo.

En el artículo séptimo se ordenaba que la autorización al “Poder Ejecutivo para armar y mantener hasta tres buques de vapor o de vela en el Atlántico y uno enel Pacífico, los cuales se destinarán para guardacostas”. Y, para elevar el pie de fuerza, también se le daba el visto bueno al Ejecutivo para pedir contingentes de hombres “a los Estados marítimos de Bolívar, Cauca, Magdalena y Panamá”.

De la depuración que se hizo de ese siglo se destaca que de 1887 se depuraron 16 normas, de las cuales 15 ordenaban que se entregaran recompensas a coroneles, capitanes, tenientes, sargentos, cabos y algunos familiares de militares caídos en combates. Los incentivos a los militares se entregaron como reconocimiento a su labor en el campo de batalla.

Por ejemplo, en el caso del coronel Marcos Criales (ley 82 de 1887) se le concedió una recompensa de 1250 pesos, por una única vez, por ser herido en elcombate de Guataquisito, “donde se comportó con extraordinario valor en defensa del Gobierno legítimo”. La ley fue firmada por el presidente Miguel Antonio Caro.

Del siglo XX, el año del que ‘borraron’ más leyes es 1953 con 22, seguido de 1950 con 17 y 1955 con 13. Mientras que del convulsionado 1948 se derogaron siete normas, entre ellas la que facultaba al entonces presidente Mariano Ospina Pérez para que reorganizara la Policía Nacional.

La ley facultaba al mandatario para que establecería el cuerpo de Policías “como una institución eminentemente técnica, ajena por entero a toda actividad política, compuesta por cuerpos especializados en los distintos servicios, con personal dotado de especiales condiciones de moralidad, cultura y preparación, a fin de que esté debidamente capacidad para conservar el orden público y para restablecerlo cuando fuere turbado, y para proteger a todos los habitantes del territorio nacional en su vida, honra y bienes, y, en general, para garantizar y hacer respectar todos los derechos”.

Dicha norma fue derogada ya que, a juicio de los funcionarios del Ministerio de Justicia, que analizaron los temas, encontraron que ya no tiene vigencia toda vezque la modificación de la estructura de la Policía se dio con el decreto 4222 de 2006.

BOGOTÁ COLPRENSA

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