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Rappi tendrá que mejorar calidad y puntualidad en sus entregas

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ordenó a Rappi S.A.S. garantizar la calidad de los productos y la puntualidad en las entregas a través de su aplicación y sitio web.

Esta decisión se tomó después de que el ente regulador recibiera denuncias de consumidores que reportaron múltiples problemas con la aplicación móvil y la página web de Rappi S.A.S. al adquirir productos y servicios.

«La SIC del cambio en su rol de Autoridad Nacional de Protección al consumidor impartió una orden de carácter particular con el fin de evitar que se cause daño o perjuicio a los consumidores», indicó la SIC.

La Superindustria informó que Rappi deberá abstenerse de proporcionar servicios a los consumidores a través de los medios de venta mencionados, a menos que haya una autorización previa y expresa por parte de la empresa.

Además, señaló que Rappi tendrá la obligación de cumplir con la garantía legal de los productos que ofrece y vende. Para ello, deberá modificar la información que proporciona a los consumidores en su aplicación y página web, en relación con la exoneración de responsabilidad que tiene establecida frente a la garantía legal.

Asimismo, Rappi deberá proporcionar información clara sobre las razones por las que se bloquean las cuentas de los consumidores. «Deberá informar el precio de los productos que ofrece a través de su aplicación móvil y página web, indicando el precio por unidad de medida (PUM). También deberá garantizar que los precios de todos los productos y servicios cobrados al consumidor correspondan con el informado en sus medios de venta», afirmó la SIC.

En la misma línea, en ente regulador informó que Rappi deberá informar a través de sus medios de comercialización la condición de voluntariedad de la propina, en un texto visible y fácilmente identificable por el consumidor. Deberá aclarar que el valor predeterminado es el sugerido por ellos y que está sujeto a cambios por el consumidor.

Finalmente, la Sic señaló que Rappi deberá abstenerse de publicar publicidad que contenga mensajes que no correspondan con la realidad y que puedan inducir a error, engaño o confusión a los consumidores.

Asimismo, deberá incluir en las piezas publicitarias referentes a promociones y ofertas, independientemente del medio de publicación, la totalidad de los términos y condiciones aplicables a cada incentivo anunciado, así como las condiciones de tiempo, modo y lugar, y cualquier otro requisito aplicable.

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