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IGAC presentó la primera modificación técnica para el Catastro Multipropósito

Juan  Antonio Escalante, director del Instituto geográfico Agustín Codazzi (IGAC).

El proyecto de ley sobre Catastro Multipropósito que estudia el Congreso y que busca establecer las reglas para la gestión del Sistema Nacional Catastral Multipropósito, fue modificado en parte por el Instituto geográfico Agustín Codazzi (IGAC).

 

De esta manera, se pretende que el catastro con enfoque integral y multipropósito sea un sistema basado en el predio, orientado a la gestión y el ordenamiento territorial y multisectorial.

En el Comité Operativo Directivo, fue aprobada la primera modificación de la versión anexo 2: Especificación Técnica de Levantamiento Planimétrico Predial, del documento Conceptualización y Especificaciones para la Operación del Catastro Multipropósito.

Durante el comité del convenio intervinieron el Departamento Nacional de Planeación (DNP), la Superintendencia de Notariado y Registro (SNR), la Agencia Nacional de Tierras (ANT) y el IGAC, autoridades que examinaron los resultados parciales de los pilotos base de Catastro Multipropósito y aprobaron la primera modificación técnica que transformará la operación del Catastro Multipropósito en las futuras intervenciones en territorio.

 “Uno de las variaciones fundamentales que presentamos ante el comité, está relacionada con la tabla de exactitud posicional absoluta, donde se eliminan las zonas y la clasificación por tamaño de predios” explicó Óscar Ernesto Zarama, líder del Grupo Interdisciplinario de Trabajo de Modernización Catastral, que lidera la implementación de un modelo de Catastro Multipropósito en Colombia.

EXACTITUD

La primera modificación del documento Conceptualización y Especificaciones para la Operación del Catastro Multipropósito también hace referencia a los niveles de exactitud posicional.

Zarama expresó que el GIT de Modernización Catastral propuso realizar ajustes que preserven y afinen las exigencias frente a los levantamientos planimétricos que tengan como objetivo, el ordenamiento social de la propiedad o la seguridad jurídica.

Esta primera modificación emerge a partir del estudio de los resultados obtenidos en los pilotos llevados a cabo con enfoque multipropósito, en los que el GIT de Modernización Catastral evidenció que “la zonificación propuesta inicialmente es inviable debido a la dinámica de los territorios rurales”, dijo Zarama.

La modificación técnica en mención, entra en vigencia inmediatamente y se aplicará durante las actividades en las que se realice barrido predial masivo con enfoque de Catastro Multipropósito a lo largo de 2018.

CATASTRO MULTIPROPÓSITO

El Catastro Multipropósito empezó a tomar vida en 2016 cuando el DNP y el IGAC realizaron el lanzamiento oficial del Conpes. 3859 de 2016, Política para la adopción e implementación de un Catastro Multipropósito rural-urbano, y su implementación está contemplada en el Plan Nacional de Desarrollo.

Hoy el CM es definido como la información obtenida a través de levantamientos planimétricos prediales que contienen especificaciones sobre derechos, responsabilidades, restricciones, descripciones geométricas, valores y otros datos; y que registra intereses sobre los predios, en términos de ocupación, valor, uso y urbanización.

Dentro de los principales objetivos del CM, se pretende aportar a la seguridad jurídica, la actualización catastral, así como la creación de un sistema de información idóneo y completo, que aclare la informalidad de las de las tierras en Colombia y facilite la formalización de las mismas.

El IGAC acompaña técnicamente 8 pilotos de manera simultánea, que son llevados a cabo en distintas regiones del país.

Respecto al proceso de gestión catastral multipropósito, se establece que consistirá en la conformación y el mantenimiento permanente de la información física, económica y material de los predios, que se articula con otros niveles de información y que en todo caso deberá garantizar la difusión, custodia y acceso a la información y su integración e interoperabilidad con otros sistemas de información.

Adicionalmente, la información jurídica del Registro de Instrumentos Públicos y la información física y económica del Sistema Único de Información Catastral Multipropósito se unificarán en un solo documento, denominado Certificado Predial Registral, con pleno mérito probatorio, cuya expedición está a cargo de la Superintendencia de Notariado y Registro (SNR) y cuya vigencia se limita a su fecha y hora de expedición.

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