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SOAT: estos son los servicios que cubre y los que no

El Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) es una póliza fundamental para todos los carros en el país. Esta fue diseñada para cubrir gastos médicos y daños materiales en caso de accidentes de tránsito, su objetivo principal es proteger a los conductores, pasajeros y peatones. Sin embargo, existen situaciones específicas en las que el SOAT no ofrece cobertura. Es crucial que los conductores y propietarios de vehículos conozcan estos casos para evitar gastos inesperados.

Casos en los que el SOAT NO tiene cobertura

Daños a Propiedad Privada y Robos

El SOAT no cubre daños a la propiedad privada ni el robo del vehículo. Si un accidente causa daños a bienes privados como viviendas, cercas o infraestructura, los gastos de reparación deben ser asumidos por el propietario del vehículo o por otro seguro que cubra estas eventualidades. Adicionalmente, si el vehículo es robado, el SOAT no ofrece ninguna compensación.

COBERTURA LIMITADA

Uno de los principales casos en los que el SOAT no ofrece cobertura es cuando los accidentes ocurren fuera del territorio colombiano. El SOAT es válido únicamente dentro de las fronteras nacionales. Esto significa que si un vehículo asegurado con SOAT sufre un accidente en otro país, los gastos no estarán cubiertos. Esta exclusión es especialmente relevante para quienes planean viajar al extranjero en su vehículo.

EXCLUSIONES ESPECÍFICAS

El SOAT también excluye accidentes ocurridos durante competencias, pruebas de velocidad o cualquier evento similar. Estos eventos se consideran actividades de alto riesgo, y la cobertura estándar del SOAT no se extiende a ellos. Los participantes en estas actividades deben adquirir seguros específicos que cubran los riesgos asociados.

Casos en los que el SOAT SÍ tiene cobertura

A pesar de estas limitaciones, el SOAT es una herramienta vital para proteger a conductores y pasajeros en caso de accidentes de tránsito. Esta póliza cubre los siguientes aspectos:

Gastos médicos: Atención de emergencias y hospitalización para los involucrados en un accidente de tránsito.

Indemnización por incapacidad permanente o muerte: Compensación económica para los afectados o sus familias.

El SOAT es fundamental para garantizar el derecho a la salud de los ciudadanos que circulan por las vías de Colombia. Sin embargo, conocer sus limitaciones es esencial para evitar sorpresas desagradables en situaciones críticas. Mantenerse informado y tener otros seguros complementarios puede ser una estrategia adecuada para una protección completa.

 

TARIFAS PARA MOTOS

– Ciclomotor: $111.600.

– Motos con menos de 100 c.c.: $230.200.

– Motos de 100 a 200 c.c.: $308.500.

– Motos de más de 200 c.c.: $830.100.

– Motocarros, tricimoto, cuadriciclos: $347.700.

– Motocarro 5 pasajeros: $347.700.

 

TARIFAS CARROS

– Camperos y camionetas de menos de 1.500 c.c (menos de 10 años): $864.500.

– Camperos y camionetas de menos de 1.500 c.c (10 años o más): $1’039.300.

– Camperos y camionetas entre 1.500 y 2.500 c.c (menos de 10 años): $1’032.300.

– Camperos y camionetas entre 1.500 y 2.500 c.c (10 años o más): $1’222.900.

– Camperos y camionetas de más de 2.500 c.c (menos de 10 años): $1’210.900.

– Camperos y camioneta de más de 2.500 c.c (10 años o más): $1’389.500.

– Vehículos familiares de menos de 1.500 c.c (menos de 10 años): $487.500.

– Vehículos familiares de menos de 1.500 c.c (10 años o más): $646.500.

– Vehículos familiares entre 1.500 y 2.500 c.c (menos de 10 años): $593.800.

– Vehículos familiares entre 1.500 y 2.500 c.c (10 años o más): $738.600.

– Vehículos familiares de más de 2.500 c.c (menos de 10 años): $693.500.

– Vehículos familiares de más de 2.500 c.c (10 años o más): $822.500.

 

 TARIFAS VEHÍCULOS DE SERVICIO

– Autonegocio de más de 10 años: $316.200.

– Autonegocio entre 1.500 y 2.500 c.c (menos de 10 años): $314.600.

– Autonegocio entre 1.500 y 2.500 c.c (10 años o más): $388.600.

– Autonegocio de más de 2.500 c.c (menos de 10 años): $405.600.

– Autonegocio de más de 2.500 c.c (10 años o más): $475.700.

– Buses y busetas urbanas: $605.000.

– Servicio público intermunicipal de menos de 10 pasajeros: $598.200.

​- Servicio público intermunicipal de 10 o más pasajeros: $867.500.

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