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114 menores de edad se casaron en Colombia

Este dato cobra relevancia al considerar que la legislación del país permite que, bajo circunstancias específicas, los menores puedan casarse, ya sea entre ellos o con adultos, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por la ley.

Para que un menor pueda casarse en una notaría, se requiere la autorización de sus padres. En caso de faltar alguno de ellos, se exige la presencia del otro progenitor.

Si ambos padres han fallecido, la autorización del tutor legal es indispensable para llevar a cabo el matrimonio.

La Superintendencia de Notariado y Registro desempeña un papel clave en la supervisión y regulación de los procedimientos notariales relacionados con estos casos.

Su labor se centra en resguardar los derechos de los menores, contribuyendo así a la creación de un entorno más seguro y justo para ellos.

Esta situación plantea interrogantes sobre la protección y garantía de los derechos de los menores en el contexto del matrimonio.

Las autoridades pertinentes deben abordar este tema con seriedad, evaluando si las disposiciones legales actuales son suficientes para salvaguardar el bienestar de los menores que optan por contraer matrimonio, así como para prevenir posibles abusos y vulneraciones de sus derechos.

La reflexión y el análisis crítico de estas cifras son esenciales para promover cambios que beneficien a la infancia colombiana y contribuyan a un desarrollo más equitativo y seguro para todos los niños, niñas y adolescentes./Colprensa.

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