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La Paz Total provoca ´fractura´ en la Corte

DURAS CRÍTICAS DEL MAGISTRADO IBAÑEZ

En las últimas horas, se conoció la decisión de la Corte Constitucional de abstenerse para fallar de fondo frente a la demanda sobre la ley de paz total del gobierno Petro. Sin embargo, los argumentos que llaman más la atención son del magistrado Jorge Enrique Ibañez.

Según se conoció en la votación de los magistrados de la sala plena del Alto Tribunal, ganó la mayoría para inhibirse para responder de fondo a la demanda con el argumento de que “ninguno de los cargos formulados cumplía con los requisitos exigidos y se declaró inhibida”.

En la información conocida desde la Corte, en las decisiones de los magistrados la mayoría ganó, ya que las magistradas Natalia Ángel Cabo y Diana Fajardo Rivera se reservaron la posibilidad de presentar una aclaración de voto, mientras que el magistrado Ibáñez se apartó de la mayoría y salvo su voto.

El magistrado aseguró que la Corte ha debido decidir de fondo en este caso, para declarar la inexequibilidad de la demanda a la ley 2272 de 2022, conocida como la paz total.

Argumentó que, al no hacerlo, se pierde la oportunidad de pronunciarse en aspectos tan importantes como la garantía a los derechos de las víctimas, adelantar los acercamientos con grupos armados y lograr hasta el sometimiento de estas bandas criminales, donde varias de ellas decidieron reincidir en sus conductas delictivas a pesar de participar en un acuerdo de paz anterior como el de La Habana.

Igualmente, el magistrado Ibáñez contradijo a los demás magistrados de la Corte al considerar que la demanda sí tiene aptitud sustancial para ser fallada de mérito.

 “En cuanto a los cargos atinentes al proceso de formación de las normas demandadas, la demanda cumple con los estándares exigibles, en la medida en que, de una parte, indicó cuál es procedimiento que ha debido seguirse y, de otra, señala cómo este procedimiento fue desconocido por el Congreso”, se conoció por parte de la Corte.

Tras esta decisión, se espera el pronunciamiento de la Corte Constitucional sobre otras demandas que aún están en curso para su estudio y debate.

LA CORTE SE INHIBIÒ

Al respecto, la sala decidió no pronunciarse de fondo sobre la demanda con el argumento de que “ninguno de los cargos formulados cumplía con los requisitos exigidos y se declaró inhibida”.

Según se conoció en la resolución de la sala plena, en las decisiones de los magistrados la mayoría ganó, ya que las magistradas Natalia Ángel Cabo y Diana Fajardo Rivera se reservaron la posibilidad de presentar una aclaración de voto.

Por su parte, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar se apartó de la posición mayoritaria y salvó su voto, “pues consideró que la demanda sí tiene aptitud sustancial para ser fallada de mérito”.

Cabe resaltar que esta demanda fue la presentada por el ciudadano Javier Pava Quiceno el cual la Corte la nombró de urgencia nacional para pronunciarse al respecto. Sin embargo, esto no quiere decir que no se van a pronunciar de fondo en las demás demandas.

Además de la de Pava, existen otras 7 demandas contra la ley 2272 de 2022 o también denominada Ley de paz total. Este articulado es uno de los más importantes del gobierno de Gustavo Petro, pues esta es la hoja de ruta para negociar con los diferentes grupos armados que han formado parte del conflicto armado y el sometimiento a la justicia de bandas criminales que no tienen ningún status político.

Una las demandas presentadas por el congresista José Jaime Uscátegui está en manos magistrado Antonio José Lizarazo y el otro proceso que fue acumulado por los demandantes Paloma Valencia, María Fernanda Cabal y Paola Holguín, la cual está en manos de la magistrada Natalia Ángel.

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