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La Corte Constitucional, velando por los derechos de los niños y adolescentes, reiteró que los intereses de los menores de edad deben tener un trato preferente de parte dela familia, la sociedad y el Estado, procurando que se garantice siempre su desarrollo integral. Esto, debido a un hecho en Barranquilla (Atlántico), en que la custodia de los menores había quedado en manos de la madre, quien presuntamente, es maltratadora.
El alto tribunal estudió una acción de tutela que presentó un ciudadano en nombre propio y de sus hijos, contra la decisión de un juzgado de familia de Barranquilla, que le suspendió su patria potestad dándosela a la madre de los menores.
El hombre indicó que el juzgado desconoció el maltrato al que eran expuestos los niños en manos de la madre y que el proceso se habría abierto precisamente para obtener para la custodia de los menores y no la patria potestad, desconociendo así, la opinión y expresión de los hijos.
La Sala Octava de Revisión de Tutelas de la corte, explicó que el juzgado de familia se extralimitó y resolvió algo que se escapaba de su competencia, puesto que en el proceso no estaba contemplada la patria potestad de los menores de edad. Al igual que estas decisiones se toman en dos instancias y no en una, por lo que están involucrados los menores.
Por otro lado, y acorde a que el demandante indicó que no se tuvo en cuenta el maltrato de la madre hacia sus hijos la corte concluyó que el juzgado sí valoró esa circunstancia y la evolución de los menores de edad, en lo relacionado a su comportamiento y actuaciones del núcleo familiar. Sin embargo, mencionó que no se evaluaron las implicaciones que tendría la entrega repentina a la madre, desconociendo la salud mental y sicológica de los hijos en cuestión.
A parte, el alto tribunal encontró que el padre ha truncado la relación de los menores con la madre y ha interferido en el cumplimiento de las decisiones judiciales.
Así las cosas, la Corte protegió los derechos fundamentales a la salud y a tener una familia por parte de los menores, por lo que le ordenó al juzgado de familia tener en cuenta la opinión de los niños, su situación sicológica para que determine los parámetros que condicionarán el restablecimiento de su custodia. También dispuso evaluar la posibilidad de que sean ubicados temporalmente con otros familiares. Para ello, se les debe explicar lo que está ocurriendo, con acompañamiento profesional.
Así mismo, ordenó al ICBF que inicie un proceso de restablecimiento de derechos de los menores, para conocer su situación física y psicológica, y que se adopten las medidas de protección adicionales a que haya lugar. Este proceso deberá ser acompañado por la Procuraduría General de la Nación. Además, dispuso compulsar copias a la Fiscalía General de la Nación para que adelante las actuaciones que considere necesarias frente al ocultamiento de los menores por parte de su padre.
/Colprensa