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Esta posibilidad, que hasta hoy en día está prohibida, comenzó a contemplarse debido a los avances tecnológicos, que hoy la hacen prácticamente inviable, incluso por las mismas herramientas digitales de las que pueden disponer los clientes del sector financiero.
«Esta transformación, a su vez, ha facilitado el uso de los dispositivos móviles como instrumentos para la realización de operaciones en condiciones seguras, cómodas y económicas para el consumidor financiero, lo que redunda en el mejoramiento en la experiencia del cliente y una mayor inclusión financiera», afirmó la entidad.
De acuerdo con la circular externa 26 de 2019, que deroga la carta circular 092 de 2010, la decisión de autorizar o no a sus clientes para que usen celulares en sus oficinas, quedará en manos de las entidades financieras, de acuerdo con sus propias evaluaciones de riesgo.
Lo que sí estarán obligadas a hacer las entidades es a publicar, en lugares visibles, información sobre las áreas en que es posible el uso de celulares.
Los bancos también podrán restringir el uso de dispositivos móviles a sus funcionarios en las áreas donde se realicen depósitos, pagos y retiros, o en cualquiera que se considere necesario durante los horarios de atención al público.
Bogotá (Colprensa).