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La Procuraduría General presentó una acción de tutela ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), en contra de la Sección de Revisión que resolvió que las decisiones tomadas dentro del trámite de la garantía de no extradición, no admiten recurso de apelación.
La determinación del Ministerio Público se dio por cuenta del proceso que se surte en contra de Pedro Luis Zuleta Noscue, miembro de la comunidad indígena Nasa del Norte del Cauca, quien además fue exintegrante de las Farc, y en su contra pesa una orden de extradición.
En este caso, el Ministerio Público aseguró que el recurso de no apelación abre la brecha a que se vulnere el derecho a la segunda instancia procesal, que a juicio de la entidad se encuentra ligado al acceso a la administración de justicia y a la garantía judicial que tienen todos, para que los casos sean conocidos por una instancia judicial diferente.
“La prerrogativa de que el caso del ciudadano que acude a la administración de justicia sea revisado por otro juez, preferiblemente de mayor jerarquía, tiene la doble naturaleza de garantía – derecho”.
De Zuleta Noscue se conoce que radicó una solicitud ante la Jep, con el propósito de que su caso fuera priorizado, se definiera su situación jurídica y se le aplicara la garantía de no extradición consagrada en las normas de implementación del acuerdo de paz.
En ese entendido, el pasado 28 de agosto la Sección de Revisión asumió el proceso de Zuleta Noscué y definió el procedimiento para estudiar si en su caso aplica la garantía de no extradición.
Por ahora, se espera que la acción de la Procuraduría sea fallada por la Sección de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad.
Bogotá Colprensa