Nathaly Saldarriaga
Publicado el July 14, 2025
Con la sanción de la Ley 2477 de 2025 por parte del presidente, Gustavo Petro, entraron en vigencia cambios en el sistema penal que permiten cerrar procesos judiciales si el acusado repara a la víctima, se amplían los preacuerdos, y se habilita el uso más amplio de las pruebas anticipadas y del principio de oportunidad en distintas etapas del proceso.
La nueva ley permite extinguir la acción penal si el procesado repara de forma integral el daño causado, en delitos como lesiones personales, homicidio culposo, inasistencia alimentaria, algunos delitos contra el patrimonio económico y contra los derechos de autor. La medida no aplica si hubo violencia o si se trata de extorsión.
En los casos donde no haya víctima identificada, la Fiscalía General de la Nación podrá aceptar una caución como garantía de reparación. Si el procesado ya se ha beneficiado de esta figura en los últimos cinco años por el mismo motivo, no podrá acceder nuevamente a ella.
La ley amplía el acceso a rebajas de pena mediante allanamiento y preacuerdos. Ahora los acusados por delitos como secuestro, extorsión o terrorismo podrán negociar con la Fiscalía reducciones de hasta la mitad de la pena, sin que esto implique excarcelación anticipada o subrogados como prisión domiciliaria.
También se eliminó una restricción que limitaba los beneficios en casos de captura en flagrancia. Con la modificación, se podrán aplicar los mismos descuentos que para otros delitos si el procesado acepta los cargos desde las primeras etapas del proceso.
La norma autoriza a la Fiscalía a aplicar el principio de oportunidad incluso desde la etapa de indagación, sin necesidad de abrir un proceso formal y sin requerir autorización del Fiscal General. En total, se contemplan 17 causales, entre ellas la colaboración eficaz, la reparación a la víctima, el bajo impacto del delito o el compromiso de testificar contra otros involucrados.
El beneficio no podrá aplicarse en delitos como violencia sexual contra menores, crímenes de guerra o conductas cometidas por cabecillas de organizaciones ilegales.
La ley habilita el uso de pruebas anticipadas durante la investigación, con control judicial, especialmente en casos donde haya riesgo de que se pierdan elementos probatorios o en procesos de violencia sexual, amenazas a testigos o extradiciones en trámite.
Se aclaran también nuevos plazos para que el procesado quede en libertad si el proceso no avanza: por ejemplo, si la acusación no se presenta en 60 días desde la imputación, o si no se inicia el juicio en 120 días desde la acusación. La norma fija excepciones y reglas para cuando estos términos puedan ampliarse.
Según el texto aprobado, los mecanismos de terminación anticipada no aplican a delitos graves ni implican impunidad. La ley también excluye a reincidentes recientes y aclara que las víctimas conservarán su derecho a ser reparadas y a participar en el proceso.
Además, las sentencias judiciales seguirán siendo necesarias en los casos más graves. La norma está en vigor desde su promulgación el 11 de julio de 2025.
/Colprensa
Ya rige la ley que permite terminar procesos penales si hay reparación
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Nathaly Saldarriaga
Publicado el July 14, 2025