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Tribunal ordenan construir un acueducto para Taganga
En la decisión se deja en claro que el periodo para poner en funcionamiento el nuevo sistema de acueducto será de 14 meses.
Con gran emoción y con la fe de que se le dará cumplimiento, los habitantes de Taganga recibieron el fallo del Tribunal Administrativo del Magdalena, por medio del cual se le ordena a la Alcaldía Distrital realizar todas las gestiones necesarias para la construcción de un acueducto que pueda dotar del preciado líquido de manera continua a todos los habitantes de este corregimiento.
El fallo del Tribunal tiene como Magistrado Ponente al doctor Adonay Ferrari Padilla, y deja en claro que la “comunidad presenta carencias en la prestación del servicio de agua potable; igualmente se observa que tanto el distrito de Santa Marta como las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios en dicha jurisdicción territorial, son conscientes de la vulneración de los derechos colectivos de dicha población; sin embargo, manifiestan la imposibilidad de atender las necesidades de la colectividad aduciendo periodos de sequía que afectaron al departamento del Magdalena. Sin embargo, a la fecha de expedición de la presente decisión, esto es, 5 años después de la interposición de la demanda objeto de estudio, no se evidencia que el distrito de Santa Marta haya adoptado gestiones encaminadas a solucionar de forma definitiva la situación del corregimiento del Taganga”.
En el documento se trae a colación el convenio que se desarrolló desde la administración, Gobernación del Magdalena y Cenit, por medio de cual se busca aunar esfuerzos entre las partes para contratar la consultoría, interventoría y gerencia de proyecto para la elaboración de estudios y diseños para el sistema de acueducto El Curval en la zona urbana y rural de Santa Marta D.T.C.H, no obstante el Tribunal alude que “del mentado convenio no es posible extraer un plan específico que garantice la prestación eficiente del servicio de agua potable a los residentes del corregimiento de Taganga y/o que haga cesar la vulneración sobre los derechos colectivos que a la fecha aún se evidencia”.
Así las cosas, el Tribunal Administrativo del Magdalena falló en “amparar los derechos fundamentales y colectivos a la vida, dignidad humana, y mínimo vital de agua potable de los habitantes del corregimiento de Taganga del distrito de Santa Marta, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente proveído”.
Asimismo y en aras de garantizar la cesación de la vulneración de los derechos colectivos mencionados, se le “ordena al distrito DE Santa Marta, realizar, en el marco de las competencias que le fueron asignadas por la Constitución Política y la Ley, las gestiones administrativas, presupuestales, de contratación y ejecución que sean necesarias para poner en operación el sistema que permita garantizar, de manera continua, eficiente y oportuna, el suministro de agua potable a la población del Corregimiento de Taganga. Para lo cual se otorga un plazo de cuatro meses contados a partir de la fecha de ejecutoria de la presente providencia, en aras de adelantar las gestiones administrativas y presupuestales necesarias; 4 meses contados desde el día siguiente al vencimiento del plazo anterior para adelantar el respectivo proceso de contratación; y 6 meses siguientes al término indicado previamente, para la ejecución y puesta en funcionamiento del sistema”.
En la decisión también se ordenó a la Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios Essmar, que conforme a sus competencias brinde apoyo técnico al Distrito para la formulación y ejecución de lo dispuesto.
Asimismo, se ordenó al Distrito que, “mientras se adelantan las gestiones administrativas, presupuestales, de contratación y ejecución que sean necesarias para poner en operación el sistema que permita garantizar, de manera continua, eficiente y oportuna, el suministro de agua potable a la población del corregimiento de Taganga, se garantice la prestación del servicio mediante el abastecimiento continuo de agua potable a la población”.