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Se viene otra derrota de Colombia ante Nicaragua

La Corte Internacional de Justicia presentará hoy jueves el fallo en el caso de la delimitación de la plataforma continental entre Nicaragua y Colombia más allá de 200 millas marinas, un caso iniciado por Nicaragua en contra de Colombia en 2013.

En esta decisión, la Corte Internacional estudia las reclamaciones de Nicaragua en las que alega tener derecho a una plataforma continental extendida, es decir, derechos sobre el lecho y el subsuelo de las áreas submarinas que se extienden más allá de 200 millas marinas contadas desde su frontera.

En el curso de este proceso, Colombia sometió a la Corte argumentos jurídicos, institucionales, científicos y relativos a los intereses de terceros Estados para sustentar que Nicaragua no posee dicha plataforma continental extendida y que la Corte no puede proceder a una delimitación de plataformas continentales como lo pretende Nicaragua. Los principales argumentos esgrimidos por Colombia fueron:

– El régimen jurídico de la plataforma continental más allá de 200 millas marinas que invoca Nicaragua no debería ser considerado como parte del derecho internacional consuetudinario y, por tanto, no es oponible a Colombia.

– De acuerdo con el derecho internacional consuetudinario, los derechos de Colombia a una zona económica exclusiva con su correspondiente plataforma continental de 200 millas marinas prevalecen sobre las pretensiones de plataforma continental extendida de Nicaragua.

– Nicaragua no demostró científicamente que tiene una plataforma continental que se extienda más allá de 200 millas marinas contadas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura de su mar territorial y en dirección hacia Colombia.

– Nicaragua no ha respetado el procedimiento convencional ante la Comisión de Límites de la Plataforma Continental ni ha cumplido su carga de la prueba en el proceso.

– Los derechos de terceros Estados se verían directamente afectados por la reclamación nicaragüense en el Caribe Suroccidental.

Además, aseguran que Nicaragua no demostró científicamente que tiene una plataforma continental que se extienda más allá de 200 millas marinas contadas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura de su mar territorial y en dirección hacia Colombia.

– Nicaragua no ha respetado el procedimiento convencional ante la Comisión de Límites de la Plataforma Continental ni ha cumplido su carga de la prueba en el proceso.

Los derechos de terceros Estados se verían directamente afectados por la reclamación nicaragüense en el Caribe Suroccidental.

EL FALLO AFECTARÁ LA TERRITORIALIDAD DE NUESTRO PAÍS

Previo a la lectura del fallo, analistas comentaron a Caracol Radio que sin importar la decisión que tome la CIJ, Colombia no estaría bajo riesgo de perder territorio.

Mario Urueña, Profesor de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, doctor en Derecho, magíster en Geopolítica y Politólogo y experto en temas de seguridad y conflictos, dijo que el fallo de la CIJ no debería ir en detrimento de Colombia.

“Colombia, al no haber creado una costumbre y un reconocimiento de esta norma de extensión de plataforma a favor de Nicaragua. Pues (se espera que) la Corte reconozca que no existe esta costumbre, no se hace efectiva y, por ende, pues no debería haber una mayor sesión de territorio o una mayor adjudicación de territorio a favor de Nicaragua de la que ya hay en este momento”, explicó Urueña.

Por su parte, Mauricio Jaramillo, analista internacional y profesor principal en la Facultad de Ciencia Política de la Universidad del Rosario, señaló que incluso si el fallo es a favor de Nicaragua, la decisión no es de obligatorio cumplimiento de Colombia.

“Es muy poco probable porque en el caso de que le de razón a Nicaragua, la Corte no tiene competencia para delimitar la plataforma extendida y se lo tiene que pedir a la Comisión de Límites. Es decir, esto puede tomar varios años y lo que diga la comisión de límites no sería vinculante para Colombia”, destacó Jaramillo.

COLOMBIA NOMBRÓ A UN JUEZ AD HOC

La Corte Internacional de Justicia cuenta con 15 jueces de distintas nacionalidades: la presidenta es estadounidense, el vicepresidente es ruso y los demás son de Eslovaquia, Francia, Marruecos, Somalia, China, Uganda, India, Jamaica, Líbano, Japón, Alemania, Australia y Brasil.

Por tal motivo, Colombia tuvo la potestad de designar a un juez ad hoc para el caso. Pese a que el litigio lleva más de diez años, el nombramiento del actual juez se dio en 2022, luego de que el anterior desistiera. Se trata de Donald M. McRae, de nacionalidad canadiense y neozelandesa.

McRae “se ha desempeñado como árbitro y abogado principal en múltiples arbitrajes internacionales y como juez ad hoc y abogado litigante ante la Corte Internacional de Justicia”, resaltó la Cancillería.

Sus especialidades son el Derecho Internacional Público, Litigios Internacionales y Derecho del Mar.  /Colprensa

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