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En medio de las discusiones del reglamento de la JEP o el sometimiento de las bacrim, avanza en el Congreso de la República un proyecto de ley que busca dar mayor seguridad a las mujeres que presentan denuncias por violencia intrafamiliar, como también que las mismas se tramiten y fallen de forma más eficiente.
En tal sentido, la Comisión Primera del Senado acogió y votó de forma positiva la ponencia del senador del partido Mira, Carlos Alberto Baena, del proyecto de la Fiscalía General de la Nación, que busca adoptar medidas encaminadas a brindar una respuesta estatal más eficiente frente a los delitos ocasionados por la violencia intrafamiliar.
Según Baena, con esta ley se reducirá el tiempo de respuesta para recaudar los testimonios de las víctimas, para evitar las retractaciones y re-victimizaciones derivadas del proceso penal. “En algunas ocasiones la persona afectada tiene que repetir durante el trámite del proceso en diferentes ocasiones su versión de los hechos de violencia. Para este fin se regulan temas de la práctica de prueba anticipada, y que estas pruebas que se recauden anticipadamente ante el juez, no se tengan que repetir en la etapa del juicio”, sostuvo el ponente.
El proyecto plantea además aumentar la pena al procesado por violencia intrafamiliar, cuando dentro de los cinco años anteriores hubiese sido condenado por delitos contra la vida e integridad personal, tales como homicidio o lesiones personales en general, delitos contra la libertad y formación sexual, entre ellos el acceso carnal violento, violación o actos sexuales violentos o abusivos o incluso por reincidir en hechos de violencia intrafamiliar.
“Se establece que los trámites procesales por hechos de violencia intrafamiliar se realicen por el procedimiento especial abreviado. Para evitar hechos re-victimizantes y dificultad en el acceso a la administración de justicia, la acción penal siempre deberá realizarla la Fiscalía General de la Nación”, comentó el ponente del proyecto.
La iniciativa, que ahora pasa a la plenaria del Senado, dice que la conducta sancionable no sólo recaerá en cónyuges o miembros del núcleo familiar, sino que también entre exparejas o entre personas que tienen hijos en común; además de los mismos cuidadores de los miembros de una familia.
En la exposición de motivos se citan cifras del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, que indican que desde el 2008 hasta el 2017, cada día 145 personas fueron agredidas por su pareja sentimental o expareja; un total de 531.046 casos en este período. El año pasado se presentaron 50.072 casos, aproximadamente seis por hora; de estos el 86 % (43.176) correspondió a agresiones contra las mujeres, que en su gran mayoría sus edades oscilan entre los 20 y 29 años de edad (21.000). El 33% de los casos de violencia de pareja contra la mujer son realizados por ex compañeros permanentes o exesposos, y de cada diez mujeres asesinadas en Colombia durante el 2016, al menos una había presentado previamente una denuncia por violencia intrafamiliar.
BOGOTÁ (Colprensa).