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Alcaldía cambió a los claveros

La Alcaldía Distrital expidió dos nuevos decretos designando claveros antes las comisiones escrutadoras. Uno de ellos el No. 324 del 31 de octubre de 2023 advierte que se modifica el decreto 279 en virtud de que quienes fueron inicialmente designados desistieron de aceptar por quebrantos de salud algunos y otros por motivos que no fueron precisados.

Dice además que atendiendo la referida solicitud, y en virtud del ejercicio de la función nominadora, se procedió a designar a los/las funcionarios/as que se relacionan a continuación, para que actúen como Claveros Locales para las elecciones de Autoridades Territoriales que se llevarán a cabo el 29 de octubre de 2023.

Que luego de iniciado el proceso de escrutinios electorales el 30 de octubre de 2023, la administración distrital ha recibido por parte de los funcionarios designados en el decreto Nº 279 del 17 de octubre de 2023, entre otros, indistintos escritos contentivos de excusas personales, e incapacidades por motivos de afectaciones en salud. En consecuencia, se hace necesario modificar a los funcionarios designados y de los cuales han recaído dichas solicitudes.

Que en mérito de las consideraciones expuestas en precedencia, se procedió a designar a:

Guillot Calvache Laura  María

Llinás Escorcia Jorge Luis

Manigua Ruzzo Natalia Karina

Neira Peña Alexis Jesús

Vásquez  Robles Eliana Margarita

De Armas Iguaràn Loren Mercedes

Iglesias Córdoba Lisy Leyena

-Cantillo Rey  Liliana Vanessa

Fonseca Martínez José  Miguel

Campo Quiroz Yoly Loraine

Pertuz Catalán María Angélica

Albor Escobar Liliana

Mendoza Pérez Johanna Inés

Galeano García Fernando Antonio

Iguaràn Maya Clara Elena

Salcedo Pereira Gerardo de Jesús

Alejandra Paola Quiñones

Yeny Reina Alonso

Sáens Carabali

Joe Quintero

Sarmiento Peñaranda Carlos Humberto

Rafael Alonso del Toro Guzmán

Payares Granados Gisella Patricia

De la Hoz Viloria Eina Milenys

Parágrafo: Los claveros designados en el presente Decreto deberán presentarse ante los Registradores Especiales del Distrito de Santa Marta, el día 31 de octubre de 2023 a las tres y treinta (3:30 p.m.) en el sitio de Escrutinios ubicado en el Hotel Estelar Santa Mar (Kilómetro 8, Pozos Colorados), de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 2241 del 15 de julio de 1986, «Por el cual se adopta el Código Electoral Colombiano».

De igual manera se dispuso modificar  el artículo segundo del decreto Nº 279 del 17 de octubre de 2023 el cual quedará así: Designar como Claveros suplentes Locales ante la Registraduría Especial del Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta, a las siguientes personas:

Ramírez Avendaño Rocío Margarita

Soto Manjarrés Carolina

Ariza Coronado Lilibeth Patricia

Iguarán Villarreal Roger Jean

Esneider Charris Fragozo

Márquez Britto Adelina Patricia

Santos Vesga Jairo Alberto

Triviño Jiménez Luis Carlos

De La Hoz Campo Armando José

Orozco Farelo Lorenzo Humberto

Mauricio Guzmán Benítez

Carolina Restrepo Loaiza

Rosa Causado Ariza

Edgar Miguel Pimienta Ibarra

María Eulalia Ibarra Díaz

Luzmila María Molinares Ballestas

Larry Eduard Acosta Rodríguez

Susana Jiménez De León

Manuel Travecedo

Juan Manuel Rodríguez Luran

Keilen Esquirol Maestre

Lugeyde  Acosta Villegas

Audry Schiller Lobo

Gómez Lascarro Yaneris

Parágrafo: Los claveros suplentes designados en el presente Decreto deberán presentarse ante los Registradores Especiales del Distrito de Santa Marta, el día 31 de octubre de 2023 a las tres y treinta (3:30 p.m.) en el sitio de Escrutinios ubicado en el Hotel Estelar Santa Mar (Kilómetro 8, Pozos Colorados), de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 2241 del 15 de julio de 1986, «Por el cual se adopta el Código Electoral Colombiano».

Parágrafo: La designación como claveros titulares y suplentes de los servidores públicos realizada mediante el presente Decreto se entenderá aceptada con la notificación del mismo.

El incumplimiento del deber de ejercer la función de claveros para los servidores designados mediante el presente acto administrativo, acarrea las sanciones previstas por incursión en causal de mala conducta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 150 del Código Electoral Colombiano.

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