Noticias de Santa Marta, el Magdalena, y el mundo!
Ley de Tierras que protege a quienes fueron ilegítimamente despojados.
El abogado Rodrigo Pombo Cajiao, especialista en Derecho Administrativo y Magíster en Política de la Universidad Rey Juan Carlos, aspirante a Doctor en Filosofía de la Universidad CEU habla sobre la responsabilidad que tiene la corte de proteger el sentido de la Ley 1448 de 2011 por medio de un escrito la opinión pública ha solicitado la Corte Constitucional, salvar la Ley de Tierras.
Sostuvo que de acuerdo con los artículos 74 y 75 de la Ley de Tierras (1448), el propietario de un predio o explotador de un baldío que se considere víctima, puede demostrar ante la Unidad de Restitución de Tierras que fue despojado o que debió abandonarlas forzadamente por grupos ilegales, desde 1991.
“La clave es la prueba del despojo violento. Los jueces deben hacer cumplir esta norma para no conculcar el Estado Social de Derecho al convertir la ley en un gatillo jurídico usado por los “movimientos de recuperadores de tierras” que han optado por la invasión violenta”, explicó.
Para el denunciante, la Sala Especializada de Restitución de Tierras de Cartagena, con pruebas cuestionables, revictimizó a legítimos propietarios de tierras como La Francisca I y II, favoreciendo las pretensiones de invasores profesionales. El caso llegó a la Corte Suprema de Justicia donde, excepto el salvamento de voto del magistrado Luis Armando Tolosa, la decisión fue ratificada por el Tribunal. Ahora, bajo la revisión de tutela y para unificar jurisprudencia y aplicar justicia, el caso llegó a la Corte Constitucional.
¿Qué está en juego con la decisión de la Corte?
La supervivencia de la Ley de Tierras, la Corte debe evitar los ciclos de injusticia. Esto empieza con la extorsión de las Farc o el Eln a los legítimos propietarios, secuestrando, quemando maquinaria y amenazando. Luego viene la invasión de las tierras por parte de grupos protegidos por algunas ONG como, en este caso, la ‘Asociación Campesina de Usuarios Campesinos de Iberia’, que argumentan un supuesto ‘abandono’ de la tierra por parte de sus dueños que los ‘autoriza’ a invadirla sin título de posesión, de esa manera, los legítimos propietarios no tienen más remedio que acudir al ‘Incora’ después de presiones irregulares y violentas.
Trae a colación que en el capítulo de Las Franciscas en Magdalena, el Incora protegió el derecho a la propiedad privada de la otrora sociedad propietaria ‘Agrícola Eufemia Ltda”, a quienes las Franciscas SAS les adquirieron de buena fe, exenta de culpa, los predios. Sin embargo, ante su invasión, los legítimos propietarios optaron por ‘dialogar’ con los invasores para recuperar la posesión de sus predios y que en 1996 debieron abandonar presionados por las Farc.
La Corte Constitucional tiene en sus manos la trascendental labor de revisar el expediente y salvar, ya no solo los derechos de sus propietarios, sino la supervivencia de la Ley de tierras, evitando la tergiversación de sus propósitos y postulados.