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Corte ordena a Insor expedir protocolo frente a casos de abuso sexual

La Corte Constitucional ordenó al Instituto Nacional para Sordos (INSOR) que en el término de un mes expida un protocolo de atención con enfoque de género para las denuncias sobre acoso laboral y sexual que se presenten.

La decisión se produjo como resultado de un caso de acoso laboral denunciado por una trabajadora del instituto, que se vio obligada a renunciar.

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca había afirmado que no era posible probar el acoso sexual porque solo se contaba con el testimonio de la víctima, dado que los hechos ocurrieron en una reunión privada.

La Sala Séptima de Revisión de la Corte sostuvo que “en casos de acoso laboral, en los que la presunta víctima es una mujer, la autoridad judicial debe adelantar el análisis probatorio incluyendo un enfoque de género, teniendo en cuenta que su presencia en el mercado laboral ha estado y está permeada de un ambiente de agresividad y discriminación, en el cual aún no existen respuestas contundentes que cambien la realidad”.

Es decir, si bien no era posible contar con una prueba directa de lo ocurrido por tratarse de una reunión privada, es posible basarse en indicios a partir de hechos que sí están probados.

Aunque la tutela había sido negada en segunda instancia por el Consejo de Estado, la Corte revisó la decisión y ordenó al Tribunal Administrativo de Cundinamarca proferir un nuevo fallo que reconozca que la ciudadana fue víctima de acoso laboral y disponga su reintegró al mismo cargo o a uno de mejores condiciones, además del pago de una indemnización.

La Corte resaltó la importancia, de que los jueces en sus decisiones «reconozcan que la invisibilización o normalización de actos de violencia contra la mujer, reproducen asimetrías de poder derivadas de un modelo de sociedad machista y patriarcal que impregna la cultura laboral»

/Colprensa

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