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Viviendas deben contar con condiciones mínimas de higiene: Corte

Como consecuencia de dos tutelas presentadas, la Corte Constitucional estableció que las autoridades deben velar por garantizar condiciones de vivienda que permitan vivir dignamente, lo cual incluye condiciones de higiene mínimas.

En la primera tutela, la demandante acudió a la Secretaría de Salud de Medellín, EPM y otras entidades, con el fin de que atendieran su solicitud, pues debido a las filtraciones de agua de su vivienda estaba en condiciones indignas. Además, indicó que debía soportar la proliferación de animales, vectores de enfermedades y malos olores, debido a que su inmueble presentaba fallas estructurales.

La segunda tutela fue presentada por un habitante del municipio de Cotorra, Córdoba, por la falta de acción de las autoridades que no hicieron nada frente al problema de alcantarillado, que presenta el barrio.

Teniendo en cuenta la precariedad de las viviendas y el riesgo que vivir en esas condiciones implicaba para los ciudadanos, la Sala protegió; sus derechos a la salud, a una vivienda digna, a la integridad física y a la intimidad.

La entidad sostuvo: “Las personas no tienen la obligación de soportar olores nauseabundos que afecten su tranquilidad y puedan generarse como consecuencia de vectores de enfermedad. Por ello, las autoridades deben garantizar que toda vivienda cumpla con las condiciones mínimas de higiene para que una persona pueda ocuparla sin peligro para su salud e intimidad”.

Finalmente, la Corte ordenó a las autoridades, tanto de Medellín como de Córdoba, que un término de 48 horas, tomarán medidas para solucionar los problemas y garantizar la vivienda digna.

/Colprensa

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