HOY DIARIO DEL MAGDALENA
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Campañas políticas y reformas laborales

Cada vez que en un país Iberoamericano se produce una modificación a la legislación laboral, en Colombia inmediatamente pensamos en nuestro artículo 53 constitucional, que impone al Congreso la obligación de expedir el Estatuto del Trabajo, tarea que no ha cumplido, como tantas otras, después de más de 30 años de vigencia de nuestra Carta Política.

No ha existido explicación razonablemente válida para que nuestros Padres de la Patria, hayan echado al olvido tan necesario encargo, seguro mitigador de inequidades e intereses, por lo que vivimos sujetos en las relaciones de trabajo, a la interpretación jurisprudencial de las normas constitucionales y legales existentes, a la orientación de la doctrina y a los decretos de emergencia expedidos por el gobierno de turno.

Mientras tanto, el gobierno español acaba de aprobar un nuevo marco de las relaciones laborales,  modificando en forma  sustancial la última gran reforma del trabajo de 2.012, marco del  que podríamos emular sus buenas intenciones, cómo hacemos siempre, por lo que contempla entre otras figuras,  la limitación de los contratos de trabajo  temporales  genitores de la precarización laboral, sanciones por infracciones a la ley del trabajo consistentes en el incremento a los patronos de las  cotizaciones a la seguridad social, refuerzo de la negociación colectiva e incremento de salarios vía acuerdo sindical por encima de los salarios empresariales, estabilidad en los contratos a término fijo en los trabajos estacionales y otras disposiciones.  Merece seguirla en cuanto intenta promover la eficacia de las más importantes figuras de la fuerza laboral de aquel país.

En casi un siglo de vigencia de nuestra legislación, no se ha podido expedir un Estatuto Laboral estable, que integre y consolide nuestras instituciones laborales, principales fuentes del mercado de trabajo y la producción de riqueza. Se requiere con urgencia adaptar sus principales figuras a los contenidos y finalidades constitucionales, vía derechos fundamentales.   La última gran reforma de 1.965 fue sacudida en 1.993 por la Ley 10 con un desmejoramiento de derechos a los trabajadores;  tampoco superada en el 2003 con los intentos de flexibilización para la creación de nuevos puestos de trabajo que ofrecía la Ley 797.   La Ley 2101 de 2021 “Por medio de la cual se reduce la jornada laboral semanal” es una equivocada interpretación de conocidas recomendaciones de la OIT sobre el tema y sus esfuerzos por limitar la jornada ordinaria máxima de trabajo a 6 horas diarias, 36 a la semana para todos los trabajadores en el mundo.  La modificación de la jornada de trabajo, considerada oriflama de las conquistas del Derecho Laboral, es una reforma que golpea el ingreso salarial y se mueve en contravía de las legislaciones de avanzada, que promueven su disminución hasta una jornada máxima laboral diaria de 6 horas.

En los umbrales de un nuevo Congreso, necesitamos los colombianos una reforma estructural de las instituciones laborales, que nos permita refrescar sus figuras básicas y robustecer el mercado de trabajo, impulsor de nuestro crecimiento económico. Reforma a fondo que promueva   la creación de nuevos puestos laborales para combatir el subempleo y la informalidad asfixiante.  Armonice y equilibre las relaciones obrero-patronales en relación con salarios y prestaciones. Frene la deslaboralización, defendiendo la estabilidad y la permanencia del contrato de trabajo, sancionando la precariedad laboral.  Se instituya, a cualquier costo, el salario mínimo profesional con masivos programas de capacitación. Se respete el derecho fundamental a la libertad sindical.  El Estatuto del Trabajo reclamado por nuestra CP a los congresistas, debe proscribir de los deberes oficiales, el contrato de prestación de servicios personales con el Estado, convertido en el botín preferido de la corrupción política, fuente mayor del trabajo precario, perseguido sin sanciones para la financiación de las campañas políticas en todos los niveles y formas.

Parece una mera entelequia que el ciudadano exija una legislación laboral garantista de efectivas   políticas gubernamentales de creación de empleo, con inteligentes estímulos empresariales impulsores del equilibrio económico y la justicia social, como fines de las normas de trabajo.  En muchos otros aspectos del desarrollo económico puede contribuir una reforma laboral para el empleo decente y paliar la pobreza multidimensional que agobia a los colombianos, temas que más se ofrecen por los aspirantes al Congreso de la República, en estos tiempos de campaña electoral.

*Abogado*Profesor universitario  

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