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El Consejo de Estado determinó que la manera como el Gobierno reglamentó el funcionamiento de las zonas francas en el 2007 sí se ajustó a los requisitos que impuso el Congreso dos años atrás, a través de un régimen especial de estímulo a la inversión que se estableció en ese entonces.
La alta corte negó una demanda que pretendía que se declararan nulas algunas disposiciones de la reglamentación. Inicialmente, el Ejecutivo dispuso que quienes ejercían actividades comerciales no podrían ocupar más del 25% del área total de la respectiva zona franca y, posteriormente, la redujo al 5%. La legalidad de esta y otras condiciones fueron objetadas en la demanda.
A juicio del actor, esta reglamentación ofrecía un trato desfavorable para quienes ejercían actividades comerciales y establecía preferencias para las empresas industriales, sin que la ley lo hubiera previsto. Para el demandante, el Gobierno se extralimitó al expedir este mandato y estableció un trato desigual injustificado, en detrimento de los derechos de los comerciantes a la igualdad, al trabajo y a la libertad económica.
El Consejo de Estado negó las pretensiones y declaró legales las disposiciones cuestionadas. Concluyó que ofrecer un trato semejante a comerciantes e industriales sí constituiría una violación al derecho a la igualdad, pues la ley, con base en las necesidades de cada uno de estos sectores, establece que se deben aplicar condiciones diferentes a unos y otros.
Además, la alta corte tampoco considera que se desconozcan el derecho al trabajo o la libertad económica, entre otras cosas, porque “el Estado debe garantizar la libertad económica y la iniciativa privada en las zonas francas, pero también evitar las fallas del mercado a través de límites y condiciones de funcionamiento que respeten el bien común”.
El fallo advierte que el Congreso se abstuvo de fijar algunos criterios de funcionamiento del régimen de estímulos a la inversión y le otorgó amplias facultades al Presidente para reglamentar las condiciones de funcionamiento de las zonas francas, entre ellas, la de limitar el área de los usuarios comerciales.
BOGOTÁ (Colprensa).