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MinSalud emite protocolos de bioseguridad para reabrir los cines, autocines y teatros
El Ministro de Salud, Fernando Ruiz, anunció este miércoles la expedición por parte de su cartera de los protocolos de bioseguridad orientados a la reapertura de cines, autocines y teatros de artes escénicas en Colombia.
“Muy importante el tema de cines y de autocines. Expedimos la Resolución 1408 de 2020, con lineamientos de bioseguridad para actividades de exhibición cinematográfica y presentación de obras en artes escénicas. Un avance más en todo ese proceso de apertura gradual, de flexibilización”, y que brinda “la posibilidad de tener mayores espacios para todos los aspectos culturales y sociales de la comunidad”, precisó.
El titular de la cartera de Salud reiteró que estas normas están dirigidas a autocines, salas de cine y teatro y buscan reducir y contener, hasta donde sea factible, el riesgo de transmisión en estos espacios culturales y de entretenimiento.
“Establecen esa delimitación y señalización de áreas, puntos de control, medidas de distanciamiento social. Se abordan aspectos como preferenciar la venta de boletos por canales virtuales y habilitar la reserva telefónica para tener la menor aglomeración posible al entrar a las salas de cine y las salas de teatro”, sostuvo.
Agregó que, según los protocolos, en las salas se deben tener dos sillas vacías entre cada asistente, entre cada fila ocupada dejar una silla vacía, y no se puede superar el 50 por ciento de aforo ni tampoco vender alimentos.
“Es muy importante también que habrá algunas normas especiales para los autocines, para que podamos empezar a disfrutar a nivel nacional de estas posibilidades culturales y sociales”, puntualizó el Ministro de Salud.
Cabe destacar que, según la citada Resolución, la vigilancia de los protocolos de bioseguridad en dicho sector estará a cargo de la secretaría o entidad del municipio o distrito que corresponda al lugar donde se realicen las actividades de exhibición cinematográfica y presentación de obras de artes escénicas, bajo la modalidad de autocine, autoeventos, salas de cine y teatros.
Esto sin perjuicio de la vigilancia que sobre el cumplimiento de las obligaciones de los empleadores o contratantes realice el Ministerio de Trabajo ni de la competencia de otras autoridades.