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Toque de queda y ley seca en El Banco 

Mediante el decreto 107 del 29 de julio de 2020 habrá toque de queda y ley seca los fines de semana durante la medida de aislamiento obligatorio que va desde hoy  1 de agosto de 2020, hasta las 00:00 del día 1 de septiembre de 2020 en el municipio de El Banco. 

Se permitirá el derecho de circulación de las personas en los casos o actividades permitidas, con las restricciones y obligaciones que se señalan en el presente decreto. De otra parte las personas que desarrollen las actividades  que hacen parte de las excepciones, deberán estar acreditadas o identificadas en el ejercicio de sus funciones o actividades.

Para efectos de abastecimiento de bienes y servicios se permitirá la circulación de una sola persona por núcleo familiar y, en ningún evento, se podrá circular por el territorio municipal sin el uso de tapabocas; además de eso solo una persona por núcleo familiar podrá sacar a las mascotas o animales de compañía en sitios aledaños a su residencia.

SOBRE EL TOQUE DE QUEDA

Se decreta toque de queda absoluto a partir de las 3:00 p.m de cada sábado y hasta las 5:00 a.m. del lunes siguiente, de manera que, salvo para las actividades señaladas y aprobadas por el gobierno nacional queda prohibida la circulación de personas y vehículos en todo el territorio del municipio de El Banco.

Todas las actividades autorizadas, deben cumplir previamente con los protocolos de bioseguridad diseñados por el Ministerio de Salud y Protección Social, adoptados por el Municipio de El Banco, de no acatarse la norma serán sancionados los establecimientos y actividades que incumplan tales disposiciones.

ESPACIOS QUE NO PUEDEN SER UTILIZADOS 

En ningún caso se podrán habilitar los siguientes espacios o actividades presenciales:

Las piscinas y polideportivos solo podrán utilizarse para la práctica deportiva de manera individual por deportistas profesionales y de alto rendimiento, previa autorización de la Secretaría de Gobierno Municipal.

En coordinación con el Ministerio del Interior, la Secretaría de Gobierno Municipal podrán autorizar la implementación de planes piloto en establecimientos y locales comerciales de servicio de comida, para brindar atención al público en el sitio -de manera presencial o a la mesa-, actividades de la industria hotelera, las marinas, actividades náuticas, y gimnasios, siempre y cuando se cumpla en todo momento con los protocolos de bioseguridad emitidos por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Se permitirá el desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre en un Periodo máximo, según el rango de edad. Se prohíbe en toda la jurisdicción municipal el consumo de bebidas embriagantes en espacios abiertos, lugares públicos, establecimientos de comercio a partir de las 00:00 horas del día 1 de agosto de 2020, hasta las 00:00 del día 1 de septiembre de 2020.

Durante el término de vigencia del presente decreto, los habitantes de municipios circunvecinos solo podrán ingresar al territorio municipal de acuerdo con las reglas. Finalmente se  adoptarán las medidas especiales tendientes a garantizar la prestación del servicio de transporte público de pasajeros, para lo cual concertará acciones y protocolos especiales con el Director de la Terminal de Transporte Terrestre de El Banco, el Director del Instituto de Tránsito y Transporte Municipal y los representantes legales de las empresas que prestan dicho servicio.

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