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Por medio de un derecho de petición, ciudadanos del municipio de San Zenón y candidatos al concejo, le solicitaron al gobernador del Magdalena, Carlos Caicedo, que profiera un acto administrativo con destino a la Registraduría Nacional del Estado civil, en cuyo contenido fije fecha para la realización de las elecciones de alcalde y concejo, esto con el fin de agilizar el proceso y la comunidad pueda elegir a su mandatario y coadministradores.
Asimismo, las personas que firmaron el derecho de petición hacen la salvedad que para la contratación de bienes y servicios por parte de la Registraduría, son requeridos para llevarla a cabo es necesario contar con la asignación de recursos del Ministerio de Hacienda.
De igual forma, en las peticiones señalaron que dada las circunstancias, es de especial interés para los pobladores del municipio de San Zenón que la Gobernación del Magdalena se pronuncie en el término de la distancia, de manera que se dé cabal y oportuno cumplimiento a la ley sin dilación ni demoras injustificadas.
El fundamento de esta petición se consagra en los siguientes artículos 1, 2, 3, 4, 5, 40, 125, 258, 259, 260, 261, 262, 263, 311, 312, 313, 314, 315, 316, 317, 318 y 319 de la Constitución Política Ley 136 de 1994 modificada por la Ley 1551 del 2012 y los pronunciamientos de la Corte Constitucional.
En los anexos del derecho de petición se encuentran las actas de inscripción de los candidatos al concejo municipal de San Zenón y las 44 firmas de los ciudadanos de este municipio.
LOS HECHOS
El día 27 de octubre del año 2019, fueron programas las elecciones en todo el territorio nacional para elegir autoridades locales de gobernadores, diputados, alcaldes y concejos municipales.
Asimismo, en el proceso electoral del municipio de San Zenón fue perturbado por actores violentos que destruyó gran parte del material electoral, hecho que generó el pronunciamiento del Consejo Nacional Electoral del pasado 10 de diciembre del 2019, por el cual resolvió la realización de nuevas elecciones con los mismos candidatos inscritos para el certamen del 27 de octubre del 2019, dijeron los ciudadanos en el derecho de petición.
El Consejo Nacional Electoral en su parte resolutiva del Acuerdo número 006 del 10 de diciembre de 2019, le ordenó a la Registraduría Nacional del Estado Civil conjuntamente con el gobernador del Magdalena fijar fecha para la elección de alcalde y concejo municipal de San Zenón.
Conforme a lo anterior y en cumplimiento de la función constitucional y legal asignada a la Registraduría Nacional del Estado Civil de dirigir y organizar los procesos electorales, le fue informado al Gobernación del Magdalena mediante oficio el día 23 de diciembre del año 2019, frente a la determinación anteriormente expuesta y además solicitando que para la fijación de la fecha para realizar las nuevas elecciones de alcalde y concejo municipal de San Zenón se coordine previamente con esta entidad, como quiera que para contratación de los bienes y servicios requeridos para adelantar el evento electoral, se debe contar con la asignación de los recursos del Ministerio de Hacienda.
Si bien es cierto en el ejercicio de la función como Gobernador del Magdalena, se decidió posesionar encargo como alcalde municipal de San Zenón, al señor Jorge Canas de La Hoz, también es que existen ramas del poder público bien definidas en el orden municipal y como consecuencias la ausencia del concejo municipal limita la total transparencia e imparcialidad que interesa a la comunidad.
El artículo 107 de la Ley 136 de 1994 dispone que en el caso de falta absoluta de un alcalde, el Gobernador respectivo mediante un Decreto de encargo señale la fecha de la elección del nuevo alcalde, lo cual debe realizarse dentro de los dos meses siguientes a la expedición del citado decreto.