Las razones de la corte para negar tutela a Bernardo Moreno por “Yidispolítica”

Sntiago Orozco Gutierrez
Publicado el March 27, 2026
La Sala Plena de la Corte Constitucional aclaró que la tutela de Bernardo Moreno contra la Sala Especial de Primera Instancia y la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia fracasó porque su defensa eligió el recurso legal equivocado para intentar tumbar su condena.
El alto tribunal precisó que los magistrados no evaluaron su culpabilidad en el caso, sino que rechazaron la petición al no existir un riesgo de daño irreparable o una situación de vulnerabilidad que justificara su intervención excepcional.
La Corte estudió la demanda con la que el apoderado del exfuncionario buscaba anular la sentencia por tráfico de influencias y conseguir que se declarara la prescripción del caso. Al respecto, la Sala Plena señaló que las reglas para tumbar decisiones de otros jueces son muy estrictas.
"La Corte Constitucional recordó las reglas que deben cumplirse para que proceda una acción de tutela contra decisiones judiciales, y enfatizó que estas exigencias deben analizarse con mayor rigor cuando la tutela se dirige contra sentencias de altas Cortes, como órganos de cierre de las diferentes jurisdicciones".
LA ACCIÓN DE REVISIÓN
Pese a perder este asalto jurídico, la corporación le indicó a la defensa cuál es la ruta correcta para intentar demostrar que el caso prescribió antes de su condena por manipular nombramientos estatales a favor de la reelección presidencial.
"Ello por cuanto existe otro mecanismo judicial adecuado para controvertir la decisión: la acción de revisión, que permite cuestionar sentencias que ya están en firme, específicamente cuando se alega que el proceso penal no debía iniciarse o continuar por haber operado la prescripción de la acción penal, de acuerdo con el artículo 220 de la Ley 600 de 2000".
El equipo legal intentó argumentar que presentar ese nuevo recurso no tendría sentido al considerar que la misma Corte Suprema carecería de imparcialidad para revisar su propia sentencia.
Frente a esta postura, los magistrados constitucionales rechazaron dichos alegatos advirtiendo que "no basta con señalar afirmaciones especulativas y que la idoneidad del medio judicial extraordinario penal no depende de la probabilidad de su éxito".
Para garantizar la transparencia en caso de que Moreno use este nuevo salvavidas, el fallo explicó claramente las reglas del juego que protegen la objetividad del proceso.
"Además el artículo 228 de la Ley 600 de 2000 dispone que ningún magistrado que hubiere suscrito la sentencia cuestionada puede intervenir en el trámite de la acción de revisión".
Mientras define su estrategia judicial, el exdirector del Dapre continúa en detención domiciliaria, enfrentando además las deudas económicas con el Estado por su responsabilidad comprobada en el escándalo de las interceptaciones ilegales del extinto DAS.
Moreno fue sentenciado inicialmente en octubre de 2023 a cinco años y siete meses de prisión, multa y 82 meses de inhabilitación por el delito de tráfico de influencias, al comprobarse que utilizó su cargo para manipular nombramientos en el Sena, la Red de Solidaridad Social y varias notarías.
El objetivo de estas maniobras fue entregar dádivas a personas cercanas a la entonces congresista Yidis Medina, garantizando así su voto favorable para aprobar la reelección del entonces presidente, Álvaro Uribe, un entramado ilegal por el que también fueron sentenciados a la par el exministro Sabas Pretelt y el excongresista Teodolindo Avendaño.
CHOQUE DE TRENES
La revisión de este expediente desató en septiembre de 2025 un fuerte reclamo de la Corte Suprema de Justicia contra la Corte Constitucional. La disputa comenzó cuando el magistrado de esta última, Juan Carlos Cortés, solicitó conceptos a instituciones académicas privadas para reevaluar los argumentos penales de la condena contra Moreno, específicamente sobre la figura del delito continuado.
Ante esto, la Sala Penal de la Corte Suprema protestó por considerar inaceptable que entidades particulares escruten sus fallos. En representación de este alto tribunal, la magistrada Myriam Ávila señaló que dicha medida "no solo constituye un desacierto probatorio evidente sino que puede tener un impacto negativo, muy significativo, en la doctrina de la tutela contra providencias judiciales".
Frente a esa intromisión, la Corte Suprema de Justicia explicó que los jueces son los expertos en la materia y que permitir la intervención de terceros para validar si una decisión fue acertada vulnera su autonomía.
El máximo tribunal penal concluyó en un documento oficial que someter sus sentencias al escrutinio de privados "significa desconocer toda esa estructura constitucional, comporta una afrenta a la independencia de la Corte en sus decisiones y a su dignidad y jerarquía". Pese a los reclamos de la defensa de Moreno, que argumentaba la aplicación indebida de un aumento de pena para evitar la prescripción, la tutela fue rechazada definitivamente.
En mayo de 2025, la Corte Suprema ratificó su condena y de la exdirectora de esa agencia de inteligencia María del Pilar Hurtado, tras comprobar que ambos acordaron realizar seguimientos y campañas de desprestigio contra magistrados y opositores políticos entre 2007 y 2008.
Por estos mismos hechos, el Consejo de Estado le ordenó en enero de 2026 pagar más de $354 millones de su propio patrimonio para resarcir al Estado.
Esta sanción económica obedece a que el Gobierno tuvo que indemnizar previamente al exmagistrado Sigifredo Espinosa Pérez, luego de que se demostrara que Moreno impartió instrucciones ejecutivas para infiltrar la Sala Plena de la Corte Suprema, instalando dispositivos de grabación y reclutando personal interno con dineros de los gastos reservados.
Así las cosas, la providencia ordenó confirmar el rechazo de la tutela respaldando las decisiones previas de la Corte Suprema de Justicia, cerrando este capítulo pero dejando encendida la chispa de un debate legal que meses atrás provocó un duro choque de trenes entre ambos tribunales.
- colprensa
Las razones de la corte para negar tutela a Bernardo Moreno por “Yidispolítica”
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Sntiago Orozco Gutierrez
Publicado el March 27, 2026


