Gobernadora del Magdalena fue sancionada con 5 días de arresto

EDUARDO ANAYA
Publicado el December 27, 2025
Margarita Guerra Zúñiga, gobernadora del Magdalena, fue sancionada con cinco días de arresto por incumplir un fallo de tutela de los trabajadores en Carrera Administrativa del Magdalena.
La acción de amparo fue promovida por trabajadores de la Carrera Administrativa del Gobierno Departamental.
El Juzgado Segundo Penal Municipal para Adolescentes de Santa Marta, a cargo de Jessica Storino Hernández, sancionó con cinco días de arresto que deberá cumplir en las instalaciones del CTI a la gobernadora del Magdalena María Margarita Guerra Zúñiga, por desacato a una acción de tutela promovida por trabajadores de la Carrera Administrativa del Gobierno Departamental.
Además, la funcionaria deberá pagar una multa de diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes, la cual deberá cancelarse dentro de los diez (10) días siguientes a la ejecutoria de esta decisión, a favor del Fondo Rotatorio del Consejo Superior de la Judicatura, en la cuenta DTN Multas Y Cauciones Efectivas del Banco Agrario, sin perjuicio de las sanciones penales a que hubiere lugar.
La acción judicial fue elevada por el Sindicato de Trabajadores de la Carrera Administrativa, Sintracad, quienes buscaban hacer valer sus derechos fundamentales, entre ellos el mejoramiento laboral.
Los funcionarios de la administración departamental en reiteradas oportunidades trataron de establecer un acuerdo con la ejecutiva magdalenense, al igual que la anterior gobernadora, pero no lograron obtener resultados favorables.
En ese sentido, hasta el 18 de diciembre, la gobernadora incumplió en dar respuesta a la petición elevada por los trabajadores.
CONSIDERACIONES DEL CASO
Advierte el fallo que, existiendo norma legal que tipifica la conducta por desacato a fallo de tutela en que presuntamente, incurrió el incidentado, se procede a establecer si la responsabilidad subjetiva del mismo aparece comprometida, caso en el cual procederá la sanción de arresto y multa, sin perjuicio de las responsabilidades penales y disciplinarias de que trata el Art. 53 del Decreto 25911 de 19915 o si es consecuencia de una causal de justificación debidamente alegada y acreditada. Conforme prevé la Sentencia T-010/12 (referente a los límites; deberes y; facultades del Juez que conoce el Incidente por Desacato), se procede a verificar:
“Que María Margarita Guerra Zúñiga en calidad de Gobernadora del Magdalena; quienes fueron vinculados al trámite incidental por desacato, es la persona llamada a cumplir o a hacer cumplir a cabalidad la orden emitida en fallo de tutela y evitar la trasgresión de los derechos fundamentales de Dayana María Rico Mendoza”, expresa en uno de sus apartes la providencia.
Luego dice que, el termino concedido para el cumplimiento integral de la sentencia de tutela se encuentra más que vencido, al igual que el termino concedido para obedecer las órdenes impartidas dentro del trámite de medidas de cumplimento. Es de anotar que el Fallo de Tutela incumplido fue puesto en conocimiento de la incidentada al momento de correr traslado del Incidente.
“El alcance de la orden judicial está delimitado en forma precisa en el numeral segundo de la Sentencia proferida el 18 de noviembre de 2025, en el que se ordenó resolver de fondo y de manera congruente las peticiones radicadas los días 22 de julio, 12 de agosto, 26 de septiembre y 6 de octubre de 2025.
Finalmente, se observa en la providencia que, la conducta por la cual se investiga a María Margarita Guerra Zúñiga en calidad de Gobernadora del Magdalena; satisface el requisito de tipicidad, toda vez que se está en presencia del desacato a orden de tutela impartida el 18 de noviembre de 2025, por este operador judicial.
Gobernadora del Magdalena fue sancionada con 5 días de arresto
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EDUARDO ANAYA
Publicado el December 27, 2025


