POLÍTICA
Noticias Santa Marta
Corte llamó a legislar sobre uso de técnicas de reproducción asistida

Morales Pacheco
Publicado el May 15, 2025
La Corte Constitucional concluyó que en Colombia no existe una regulación suficiente sobre el uso de células sexuales humanas cuando uno de los donantes fallece por lo que reiteró al Gobierno y al Congreso su llamado a legislar sobre las Técnicas de Reproducción Asistida (TRA) y evitar así vacíos que pueden afectar derechos fundamentales.
La decisión se dio al resolver la tutela de un ciudadano que alegó vulneración a su derecho a la autodeterminación reproductiva luego de que la clínica Reprotec se negara a entregarle los óvulos congelados de su pareja sentimental fallecida.
Según el accionante, su compañera permanente había iniciado un tratamiento de fertilización in vitro con útero subrogado, pero el contrato con la clínica estipulaba la terminación automática del procedimiento en caso de fallecimiento de la paciente, como ocurrió. El laboratorio argumentó que, al morir la mujer, se debía suspender el tratamiento y descongelar los óvulos.
La Sala Octava de Revisión, integrada por la magistrada Cristina Pardo (ponente), la magistrada Natalia Ángel y el magistrado José Reyes, negó el amparo.
Señaló que no se demostró con pruebas contundentes que la voluntad de la mujer hubiese cambiado antes de su muerte, ni que deseara que el proceso continuara post mortem.
Más allá del caso concreto, la Corte reiteró que en el país persiste un vacío normativo sobre las técnicas de reproducción asistida. Advirtió que no existen reglas claras sobre los derechos de los donantes de gametos, ni sobre los límites en el uso de óvulos o esperma tras el fallecimiento de sus propietarios.
También señaló que no hay un marco legal sobre el alquiler de vientres y las posibles disputas jurídicas que surgen de esa práctica, como las reclamaciones de paternidad o las implicaciones de los contratos firmados con clínicas.
Para el alto tribunal, estos temas no solo involucran aspectos jurídicos, sino también éticos, especialmente cuando no existe un consentimiento expreso previo que determine el destino de los gametos después de la muerte. La falta de normas puede generar arbitrariedades y vulneraciones a derechos fundamentales.
Según la Sala, este vacío legal permite que se cometan excesos en detrimento de derechos y bienes jurídicos de alto valor para la sociedad. Por eso, reiteró su exhorto al Congreso y al Gobierno para avanzar en un proyecto legislativo que establezca parámetros claros, actualizados y éticamente responsables en esta materia.
BOGOTÁ, (Colprensa).
Corte llamó a legislar sobre uso de técnicas de reproducción asistida
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Morales Pacheco
Publicado el May 15, 2025
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