HOY DIARIO DEL MAGDALENA
Líder en la región

Ordenan a Unidad para Víctimas crear un plan de transparencia en pagos

La Corte Constitucional ordenó este miércoles a la Unidad para las Víctimas diseñar e implementar en un plazo de seis meses un plan de transparencia sobre las indemnizaciones a víctimas del conflicto armado, incluidas aquellas ordenadas por vía judicial.

El plan deberá publicarse al menos una vez al año, estar disponible en la página web de la entidad y actualizarse semestralmente.

La decisión fue adoptada por la Sala Sexta de Revisión al estudiar una tutela presentada por una víctima de los paramilitares del bloque Autodefensas Campesinas del Magdalena Medio, comandado por Ramón María Isaza Arango.

La accionante solicitó el pago de la indemnización que le fue reconocida judicialmente por el homicidio de su hijo, ocurrido en Antioquia en noviembre de 2000, y denunció la falta de respuesta de fondo por parte de la Unidad para las Víctimas.

La Corte concluyó que la entidad vulneró el derecho a la reparación integral de la demandante al no proporcionarle información clara, precisa y confiable sobre el procedimiento para acceder a la indemnización reconocida en el marco de la Ley de Justicia y Paz.

Además, ordenó que se le brinde una respuesta con los elementos mínimos necesarios, incluyendo su posición en la lista de priorización y la fecha aproximada de pago.

El alto tribunal señaló que la falta de recursos no justifica la ausencia de claridad en la información brindada a las víctimas y enfatizó que la incertidumbre en la que permanecen es inadmisible.

En consecuencia, instó a la directora de la Unidad para las Víctimas a establecer lineamientos internos que aclaren que las indemnizaciones ordenadas judicialmente bajo el principio de subsidiariedad no pierden su naturaleza y no deben ser tratadas como indemnizaciones administrativas.

Asimismo, la Corte ordenó a la entidad identificar, en un plazo de seis meses, casos similares al de la accionante, en los que las víctimas tienen derecho a indemnización por sentencia judicial ejecutoriada en el marco de la Ley de Justicia y Paz, pero cuyo pago debe ser asumido subsidiariamente por el Estado debido a la insuficiencia de recursos propios de los exparamilitares.

Para estos casos, la Unidad para las Víctimas deberá establecer criterios de priorización y garantizar información clara sobre el estado de sus indemnizaciones.

/Colprensa

Este sitio web utiliza cookies para mejorar su experiencia. Asumiremos que está de acuerdo con esto, pero puede optar por no participar si lo desea. AceptarLeer más