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Beneficios legales y resocialización para mujeres privadas de la libertad

El órgano de control llevó a cabo una nueva jornada de atención para las mujeres privadas de la libertad en el centro penitenciario Rodrigo de Bastidas, con el objetivo de analizar y determinar la aplicabilidad de los beneficios contemplados en la Ley de Utilidad Pública para mujeres cabeza de familia.
La Personería Distrital de Santa Marta llevó a cabo una nueva jornada de atención para las mujeres privadas de la libertad en el centro penitenciario Rodrigo de Bastidas, con el objetivo de analizar y determinar la aplicabilidad de los beneficios contemplados en la Ley de Utilidad Pública para mujeres cabeza de familia.
La anterior ley sancionada el 8 de marzo del año 2023 por el presidente Gustavo Petro creó una medida de sustitución de la pena de prisión para que mujeres condenadas que sean cabeza de familia puedan conmutar su condena -en libertad- a través de la prestación de servicios comunitarios.
REQUISITOS
En ese sentido, durante la jornada, las funcionarias de la Personería Distrital recolectaron datos, conformaron los expedientes y seleccionaron las internas que podrían cumplir con los requisitos para acogerse a esta normativa.
En ese orden de ideas, las privadas de la libertad que sean mujeres cabeza de familia, que hayan sido condenadas por delitos relacionados con el hurto o los estupefacientes; o que su condena no exceda los ocho años de prisión y que hayan cometido el delito en condiciones de marginalidad y obtengan la previa valoración y aprobación del juez podrán acceder a este beneficio.
De esta manera, la Personería de Santa Marta está garantizando que las mujeres privadas de la libertad accedan a los beneficios que les otorga la Ley de Utilidad Pública, que es la primera norma que contempla la posibilidad de ejecutar una sanción penal de manera restaurativa, en donde la pena se traduce en actividades de impacto social para resarcir el daño y generar oportunidades para su reinserción a la sociedad.