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El procurador general Gregorio Eljach, solicitó a la Corte Constitucional que suspenda, de forma diferida, las facultades de intervención que actualmente tiene la Superintendencia de Subsidio Familiar en el marco de las potestades que fueron otorgadas a esa entidad en un decreto 1992, el cual reestructuró dicha entidad
Eljach pide que se eliminen, en primer lugar, las facultades que permiten al superintendente intervenir en el proceso de afiliación de los empleadores y el acceso de los servicios de las entidades que están bajo su vigilancia.
Asimismo, el procurador solicita que se anule la facultad para intervenir administrativamente las entidades supervisadas, ya sea de manera total o parcial, en casos de infracción a las leyes o al no cumplimiento de las instrucciones impartidas por la Superintendencia.
La tercera facultad que se ve en duda es la que permite adoptar medidas cautelares como la intervención administrativa total o parcial de las entidades vigiladas, la imposición de multas sucesivas hasta por 100 salarios mínimos legales mensuales y la vigilancia especial para corregir situaciones ilegales o no autorizadas.
La demanda fue presentada por Bernardo Carvajal Sánchez, director del Departamento Administrativo del Externado, quien presentó una demanda de inconstitucionalidad.
Según Carvajal, las funciones de inspección, vigilancia y control asignadas al superintendente del subsidio familiar, actualmente ocupado por Sandra Viviana Cadena, son incompatibles con la Constitución.
En su opinión, se establece un régimen cautelar que da lugar a decisiones arbitrarias durante el proceso de toma de posesión de una caja de compensación familiar.
La demanda sostiene que los artículos demandados permiten que el superintendente imponga, a su discreción, medidas de intervención tanto como sanciones administrativas como cautelares.
Esto, argumenta Carvajal, vulnera el debido proceso, ya que no existen reglas claras que regulen cómo deben aplicarse estas medidas, y dependen exclusivamente de la voluntad del superintendente.
/LaFM