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Las presuntas gabelas jurídicas que ha recibido en los últimos tiempos Óscar Camargo Ríos, alias Pichi, tienen en la mira disciplinaria a los juzgados que han tramitado su expediente.
Camargo Ríos, también apodado “el Pablo Escobar de Santander”, se fugó este jueves de una urbanización ubicada en El Poblado, en el suroriente de Medellín, donde se encontraba disfrutando de una medida de detención domiciliaria.
La situación produjo el rechazo de las autoridades de Medellín y Bucaramanga en contra de los jueces encargados de su proceso, por considerar que fueron permisivos con una persona que se ha evadido 14 veces de su libertad condicionada.
n medio de ese escándalo, salió de nuevo a flote una investigación preliminar adelantada por el Consejo Nacional de Disciplina Judicial, iniciada el pasado 1 de octubre, para determinar si en el caso de “Pichi” hubo fallas disciplinarias por parte del Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Bucaramanga, que lo absolvió por múltiples delitos, y el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de la misma ciudad, que lo había beneficiado con detención domiciliaria.
Coincidencialmente, la jueza segunda penal del circuito especializado de Bucaramanga es María Piedad Díaz Mateus, la hermana del actual gobernador de Santander, el general retirado Juvenal Díaz Mateus.
La jueza, en una sentencia proferida el pasado 24 de julio (CUI 68001-6000-000-2021-00279), absolvió a “Pichi” por los delitos de concierto para delinquir agravado, homicidio agravado, tráfico de armas, desaparición forzada, tráfico de estupefacientes y fuga de presos. EL COLOMBIANO conoció que en el proceso también hubo cuestionamientos a la Fiscalía por falta de pruebas y a la Procuraduría porque esta conceptuó en favor de la absolución.
Los asesinatos en cuestión ocurrieron hace cuatro años en el marco de una disputa entre bandas criminales de Bucaramanga, y las víctimas fueron Jeison Callejas (“Peroles”) y Marlon Rugeles, el 4 de abril de 2020; así como Sergio Silva Sánchez (“el Alemán”), el 6 de julio siguiente; Néstor Moreno Rondón (“Barbas”), el 10 de julio; y Jefferson Delgado Rincón (“Máscara”), el 2 de octubre de 2020.
Dentro de su exposición, la jueza indicó que la Fiscalía no presentó evidencias suficientes para sustentar las acusaciones.
“Igual sucede con el delito de fuga de presos, que la Fiscalía ignoró totalmente en el juicio presentar siquiera prueba de la materialidad de la conducta, no trajo ni una sola prueba de este delito, ni testimonial ni documental, luego el fallo será por esta conducta absolutorio”, reza la sentencia.
Frente a la fuga de “Pichi”, el gobernador Díaz dijo en Noticias Caracol: “Quiero decir que esto es una burla al sistema judicial, a la Fiscalía, al sistema penitenciario, y a todos los gobiernos por parte de este bandido. Hay que hacer una revisión sobre los procedimientos de los jueces, hay que hacer una revisión de lo que aportan los fiscales, porque muchas veces somos muy mediáticos, pero las pruebas no están en el expediente. Me decían que el expediente es muy flojo, lamentablemente”.
EL COLOMBIANO consultó al gobernador sobre la sentencia proferida por su familiar, pero hasta el momento no hemos recibido respuesta.
En la actualidad, Camargo estaba pagando una pena de 69 meses de prisión por concierto para delinquir, en un expediente diferente.
El prófugo cobró realce nacional el mes pasado, por cuenta de una polémica que involucró al Gobierno Nacional: la Oficina del Alto Comisionado para la Paz lo tuvo en la lista de opcionados para ser gestor de paz, en el marco de su proyecto de “paz total”.
La situación desató airadas protestas en Bucaramanga, por lo que la Casa de Nariño negó esa designación.