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Corte tumba autorización al MinHacienda para contratar directamente con fondo de pensiones

Corte Constitucional declara inconstitucional autorización al Ministerio de Hacienda para contratar directamente la administración de recursos del fondo de pensiones de las entidades territoriales.

La Corte Constitucional declara inconstitucional la autorización que en el Plan Nacional de Desarrollo se le dio al Ministerio de Hacienda para contratar directamente la administración de recursos del fondo de pensiones de las entidades territoriales

La Sala Plena de la Corte tumbó el artículo 322 del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 Colombia Potencia Mundial de la Vida.

La demandante alegó que el artículo 322 de la ley aprobatoria del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 (Ley 2294 de 2023): “desconocía el principio constitucional de unidad de materia al introducir una modificación permanente a la Ley 549 de 1999, en cuanto autorizaba al Ministerio de Hacienda para contratar en forma directa la administración de los recursos del Fonpet con sociedades fiduciarias de carácter público”, dice el proceso.

Para la demandante dicha modificación no guardaba conexidad “directa” con la parte general ni correspondía al contenido propio de un plan nacional de desarrollo, en los términos del artículo 339 de la Constitución

La decisión

La Corte examinó el alcance de la referida medida en relación con la regulación de la administración de los recursos del fondo de pensiones de las entidades territoriales contenida en la Ley 549 de 1999. Asimismo, analizó las materias propias de las leyes aprobatorias de los Planes Nacionales de Desarrollo y la aplicación del principio de unidad de materia en dichas leyes aprobatorias.

La Corte reiteró, conforme a su jurisprudencia, que las medidas que se incorporen a las leyes aprobatorias de los Planes Nacionales de Desarrollo deben ser de carácter instrumental, tener un fin planificador, ser necesarias para impulsar su cumplimiento y guardar conexidad estrecha, directa e inmediata con las políticas y estrategias que guiarán la acción del Gobierno para alcanzar los objetivos y metas fijadas en la parte general del plan, o con los programas y proyectos del plan de inversiones.

Con lo anterior, la Corte, en su análisis, concluyó que el artículo demandado era contrario a la Constitución, dado que modificó de manera permanente de la regulación de la administración de los recursos del fondo de pensiones de las entidades territoriales contenida en la Ley 549 de 1999.

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