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Alcaldía supervisa cumplimiento del fallo de la tutela
Luego de conocerse el fallo sobre la prohibición de los trabajos en el Río Córdoba, la Alcaldía de Ciénaga manifestó que no tiene ninguna injerencia en la impugnación del fallo emitido por la acción de tutela impetrada por José Martínez Roca contra la empresa Cohagro y Coorpamag G radicada bajo el número 47-189-40-89-003-2020-00209; el jefe de oficina Jurídica del municipio de Ciénaga Alfonso Castillo Montoya, en representación de la entidad, envió un minucioso informe al despacho judicial en donde se detalla cada una de las acciones que desde la secretaría de Gobierno con el acompañamiento de la fuerza pública y la comunidad, ha estado ejerciendo estricto seguimiento a la problemática que se ha suscitado en el lecho del río Córdoba por los trabajos realizado por la empresa Cohagro.
En él referenciando informe Castillo Montoya cita: «el alcalde del municipio de Ciénaga, como primera autoridad de la ciudad y garante de los derechos constitucionales fundamentales de los habitantes del municipio de Ciénaga, con anterioridad al inicio del trámite de la acción constitucional de la referencia ha adoptado las medidas pertinentes y necesarias en el marco de su competencia para garantizar el orden público y la prevalencia de los derechos constitucionales de absolutamente todos los habitantes del territorio Cienaguero, sin invadir la órbita de competencia de otros entes estatales en estricto acatamiento de la Constitución y la Ley».
De igual manera en el informe el jurídico dice: en cumplimiento de la ordenación impartida en la sentencia de fecha diecisiete (17) de julio del año dos mil veinte (2020), el municipio ha intensificado las labores de acompañamiento constante a los campesinos y a las comunidades ribereñas al Río Córdoba, con la finalidad de garantizar la prevalencia de los Derechos Constitucionales Amparados en la acción Constitucional y resolver las diferencias derivadas de la intervención del Río Córdoba de manera justa y equitativa.
Sobre las entidades y personas que integran la comisión interinstitucional referencia en el informe que: «en la visita de comisión interinstitucional en el sector del Río Córdoba, hicieron presencia el Secretario de Gobierno y Participación Ciudadana, Dr. Héctor Zuleta Rovira, la Secretaria de Infraestructura y Desarrollo Económico Sostenible y su área de medio ambiente, Dra. Melissa Olivos Collante, el Personero Municipal, Dr. Edgar Luis Abuabara, funcionarios de la Corporación Autónoma Regional del Magdalena, el Corregidor del corregimiento de Cordobita, Sr. Jhan Mora Granados, la Policía de Medio Ambiente, y algunos miembros de la comunidad en representación del movimiento Fuerza Campesina», indica Castillo Montoya.
Así las cosas, queda claro que la Alcaldía de Ciénaga, en ningún momento ha impugnado la decisión del juez por el respectivo caso sobre la ocupación en el río Córdoba por parte de la empresa Cohagro, por el contrario, fue la misma empresa que presentó impugnación tal como consta en el oficio del proyectado por el Juzgado Tercero Promiscuo Municipal.
SOBRE EL FALLO
Es de recordar que el Juzgado Tercero Promiscuo Municipal de Ciénaga, procede a resolver la acción de tutela entablada por José Martínez contra Coorpamag y Cohagro, por la presunta vulneración a sus derechos fundamentales al ambiente sano, seguridad alimentaria y consulta previa.
Esta decisión se dio luego de que la comunidad y líderes del sector de Cordobita, se percataron de trabajos de dragado que eran realizados en el cauce del Río Córdoba, jurisdicción de Ciénaga, en una finca bananera, casando preocupación a la ciudadanía debido a que por medio de los trabajos realizados se podrían producir daños irreparables en materia ambiental.
Las obras fueron suspendidas porque no fueron socializadas con la comunidad que recibiría las consecuencias de esos trabajos. De otra parte se ordenó el retiro de las máquinas pesadas del lugar, se desautorizó el permiso que les había dado Coorpamag para explotar el lecho del afluente y se le solicitó al Ejército acompañar a la Policía Ambiental a fin de que los demandados cumplan con el mandato judicial.