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Admitida demanda contra Superservicios para que devuelva la Essmar al Distrito
El Tribunal Administrativo del Magdalena admitió la demanda interpuesta contra la Superintendencia Nacional de Servicios Públicos domiciliarios, Superservicios, para que devuelva al Distrito de Santa Marta, el manejo de la Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios del Distrito, Essmar E.S.P.
En consecuencia, conforme a lo dispuesto por el artículo 13 de la ley 393 de 1997, por secretaría se dispuso la notificación a Yanod Márquez Aldana, superintendente Nacional de Servicios Públicos Domiciliarios, remitiendo para tal efecto copia electrónica de la demanda.
Igualmente requiere a la accionada, Essmar, para que en el término máximo de tres días presente el informe pertinente frente a la solicitud elevada y adviértase que, de acuerdo a lo prescrito en el inciso dos del artículo 13 de la Ley 393 de 1997, la sentencia será proferida dentro de los 20 días siguientes.
MOTIVOS DE LA DEMANDA
El demandante advierte que, es evidente, que una vez que la Superservicios tomo posesión de la entidad Essmar, el pasado 22 de noviembre del 2021, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, tuvo un término para resolver si la entidad entraba en restructuración administrativa, liquidación o en su defecto la disolución, término que se encuentra cumplido.
Igualmente, han transcurrido más de tres años desde que la Superservicios intervino la empresa Essmar, dándole inicialmente, la administración y manejo a la EPM, y una vez cumplido esa administración, la empresa EPM, presento un balance de operatividad de Essmar, donde se pudo establecer con los balances presentados el día 26 de enero de 2024, que la Essmar, en el transcurso de la intervención, ha presentado una tendencia a su recuperación económica, administrativa técnica y financiera.
MOTIVOS DE LA INTERVENCIÓN
Desde el 22 noviembre del 2021, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, Superservicios, ordenó la toma de posesión de la Empresa de Servicios Públicos de Santa Marta E.S.P., Essmar, al determinar que no tiene la capacidad técnica, operativa, administrativa y financiera para garantizar la debida calidad, cobertura y continuidad de los servicios de acueducto y alcantarillado a los habitantes de la capital del Magdalena.
La toma de posesión, ordenada mediante la Resolución 20211000720935, se realizó en la sede administrativa de la Essmar. La diligencia fue liderada por la superintendente de esa fecha, Natasha Avendaño García, con el acompañamiento de la Dirección de Intervenidas de la Superservicios, y el apoyo de la Dirección General de la Policía Nacional.
La funcionaria explicó que la Essmar está incursa en las causales de toma de posesión 1 y 7 del artículo 59 de la Ley 142 de 1994que establece el régimen de los servicios públicos. Estas causales hacen referencia a dificultades en la prestación de los servicios y en el pago de sus obligaciones, respectivamente.