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Parque Tayrona: primer cierre temporal del año
Según la cultura ancestral el primer cierre del área protegida corresponde a la época de Kugkui shikasa, un tiempo de ‘respiro’ que busca un equilibrio de la naturaleza.
Del 1 al 15 de febrero se cerrará de manera temporal el ingreso a la reserva natural del Parque Nacional Natural Tayrona. Se trata de un tiempo de respiro o descanso que se verá reflejado en el paisaje, ecosistemas marino costero y que le favorece a la variedad de especies que disfrutan en su hábitat, pero que con la presencia de los humanos (seres estresores) se refugian o camuflan.
Vale recordar que dicho cierre se hace en el marco de los acuerdos suscritos con los 4 pueblos indígenas asentados en el macizo intertropical, los cuales aprovechan para realizar sus pagamentos y actividades propias de su cosmogonía.
La Resolución 005 del 4 de enero de 2024 “por medio de la cual y de manera permanente, se ordenan los cierres temporales y se prohíbe el ingreso de visitantes, la prestación de servicios ecoturísticos en el Parque Nacional Natural Tayrona y se toman otras determinaciones” fue firmada por Luis Olmedo Martínez Zamora, en calidad de director general de Parques Nacionales Naturales de Colombia.
Dicha Resolución resuelve: Adoptar el cierre permanente del Parque Nacional Tayrona, en cumplimiento de los acuerdos de consulta previa protocolizados el 22 de febrero de 2019 y 24 de julio de 2019, con los Cuatro Pueblos Indígenas Originarios de la Sierra Nevada de Santa Marta, prohibiendo el ingreso de visitantes y la prestación de servicios ecoturísticos, dentro de los siguientes periodos temporales:
A partir del día primero (1) de febrero hasta el día quince (15) del mismo mes (En la época de Kugkui shikasa); a partir del día primero (1) de junio hasta el día quince (15) del mismo mes (En la época de Saka Juso) y finalmente a partir del día diecinueve (19) de octubre hasta el día dos (02) de noviembre En la época de Nabbatashi).
El Parque Nacional Natural Tayrona constituye un territorio ancestral de Ios Pueblos indígenas Kogui, Wiwa, Arhuaco y Kankuamo, y es claro, a la luz de la
Constitución Política y Ios instrumentos internacionales de derechos humanos, que Ios derechos territoriales de estos pueblos indígenas no sólo se ejercen dentro del lugar geográfico delimitado formalmente como territorio colectivo o tierras objeto de titulación, sino en el ámbito territorial o el lugar donde se desarrolla la cultura de la comunidad étnica y comprenden, la propiedad comunitaria, así como el uso, aprovechamiento, vigilancia y control de Ios recursos naturales en el contexto de sus actividades culturales, sociales y económicas (artículo 330 Constitución Nacional).
Los conceptos técnicos soporte de Ios cierres del Parque Nacional Tayrona en Ios últimos años dan cuenta de Ios beneficios de esas medidas en las distintas dimensiones y evidenciaron la conveniencia de implementar el cierre del Área Protegida con una periodicidad que garantice el equilibrio entre el desarrollo y disfrute público de la vocación ecoturística del área, y la salvaguarda de sus valores culturales y naturales.
Adicionalmente es necesario darle cumplimiento a Ios acuerdos de consulta suscritos por la entidad con Ios Cuatro Pueblos Indígenas Originarios de la Sierra Nevada de Santa Marta. Este tipo de medidas de manejo puede requerir el concurso y acompañamiento interinstitucional y de la fuerza pública para el efectivo seguimiento y control de su cumplimiento.
En tal sentido, el Jefe del Parque Nacional Natural Tayrona deberá coordinar con Ios representantes de las autoridades públicas y de la fuerza pública las actividades que se requieran para el cabal cumplimiento de la medida que se adopta en la Resolución 005 del 4 de enero de 2024.