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El lío por los estatutos de la dimayor que llegó hasta el consejo de estado

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado resolvió, en segunda instancia, una acción de cumplimiento elevada por la Asociación Colombiana de Futbolistas Profesionales (Acolfutpro). El resultado es un fallo judicial considerado por la Asociación como «histórico».

El Consejo examinó algunas peticiones del sindicato de futbolistas y, como respuesta, compelió al Ministerio del Deporte a «inspeccionar, controlar y vigilar los estatutos, reformas y reglamentos de los organismos deportivos», incluyendo a los publicados por la División Mayor del Fútbol Colombiano (Dimayor).

Lo que se alegó a lo largo del proceso es que el Ministerio del Deporte no tiene facultades reglamentarias sobre la Dimayor, algo que el alto tribunal administrativo, con ponencia de Pedo Pablo Vanegas Gil, constató, pero sí tiene funciones de inspección, vigilancia y control que hasta ahora no había cumplido a cabalidad.

Con ello, la División había omitido atender a tres decretos y una ley que desde 1995, hace veintinueve años, ratificaba su deber de observar al detalle cada regla del fútbol profesional, con el fin de que se determine qué puede, o no, hacer cada deportista o empleado administrativo del sector, haciendo que prevalezcan sus derechos.

Una de las disposiciones que la Dimayor contempla es una prohibición de que las y los futbolistas acudan a la justicia ordinaria en ciertos casos, así como la imposibilidad de que protesten o de que se inscriban en ciertos torneos por conflictos entre clubes. Ahora, el Ministerio deberá realizar control de legalidad de tales normativas.

«Acolfutpro ha solicitado infructuosamente desde hace varios años al Ministerio del Deporte, desde que era Coldeportes, que ejerza el control de legalidad sobre aquellos estatutos y reglamentos de la FCF en los que se vulneran sus derechos fundamentales», explicó este martes la agrupación de futbolistas.

A lo largo de la disputa, según el Consejo de Estado, se acreditó que el Ministerio hizo algunos estudios, de vez en cuando, sobre los estatutos. Sin embargo, dice el fallo, «a la fecha no se tiene certeza de si los mismos fueron ‘aprobados'». Tampoco se conocen las medidas de la cartera «para dar cumplimiento al deber permanente que le fue asignado».

Como ejemplo, Acolfutpro argumentó que desde el 2021 la FIFA modificó algunas normas que son vinculantes para el fútbol mundial, pero la Dimayor no se acogió a ellos y el Ministerio, a su vez, no intervino. Como conclusión, para la alta corte, las obligaciones de la cartera «se encuentran incumplidas», pues aplicó «un control, además de aleatorio, desigual».

La consecuencia de todo el proceso es que el Ministerio de Deporte tiene dos meses para adoptar «las decisiones que en derecho corresponda», luego de una inspección rigurosa, sobre los estatutos de la Federación Colombiana de Fútbol —los sociales y el del Jugador—, así como sobre su Código Disciplinario Único y sobre los estatutos sociales de la Dimayor.

«Es importante recalcar que este fallo no solo beneficia a los futbolistas, sino a todos los deportistas de Colombia, quienes también han visto vulnerados sus derechos fundamentales, por la omisión de MinDeporte del cumplir sus funciones legales», remarcó la Asociación de Futbolistas en un comunicado.

BOGOTÁ, (Colprensa).-

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