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El Tribunal Superior de Bogotá negó la tutela que interpuso el senador Iván Cepeda para solicitar que se realizara la audiencia de acusación contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez, por presunta manipulación de testigos.
En el fallo de once páginas, se solicitaba el amparo de los derechos de las víctimas al debido proceso y al acceso a la administración de justicia.
Cepeda argumentó en la tutela que fue rechazada en las últimas horas que, al haberse negado la segunda solicitud de preclusión de la investigación que se adelanta contra el exsenador por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal, la Fiscalía General de la Nación debió haber radicado el escrito de acusación.
En las consideraciones de la Sala de Decisión de la Acción de Tutela, explicó que acceder a la formulación de acusación sin profundizar en las solicitudes que se hicieron por parte de la juez 41 Penal del Circuito con Función de Conocimiento que negó la segunda solicitud, sería contrario a la verdad y justicia.
“Se allegó copia de un pronunciamiento anterior de este Tribunal emitido en virtud de acción de tutela que ponía de relieve la mora judicial del ente fiscal para formular acusación, donde se consideró similar situación a la actual y se concluyó que, dadas las falencias investigativas destacadas en las decisiones judiciales de preclusión ya mencionadas, resultaría paradójico y contrario a la verdad y justicia, acceder a ordenar la formulación de acusación sin ahondarse en los hechos indagados como allí se solicitó, pues lo buscado mediante el juzgamiento penal no es obtener una decisión rápida en cualquier sentido, sino la más real y justa en lo posible y ello solo puede ocurrir con la investigación completa, aún en curso”, mencionó el fallo
Además advierte que, ni el senador Cepeda ni su abogado defensor Reynaldo Villalba, tienen razón, pues ellos fueron los que solicitaron el cambio de fiscal y así ocurrió en el caso del expresidente.
“Concluye esta Sala que no le asiste razón a Reinaldo Villalba Vargas, en su calidad de apoderado especial de Iván Cepeda Castro, porque fueron ellos quienes solicitaron el cambio de delegado fiscal y a ello se accedió, lo cual no puede tenerse como violatorio de sus derechos fundamentales ni interpretarse como dilación”.
El Tribunal Superior de Bogotá además aclaró que tampoco puede criticarse a la Fiscalía al asegurar que no ha tomado decisiones en este caso, pues ha pedido dos veces la preclusión.
“Si bien es notoria la prolongación de la etapa de investigación penal mencionada, cuya apertura data del año 2018, transcurriendo cerca de 5 años desde entonces, no puede afirmarse que el ente investigador no haya adoptado alguna decisión sobre la misma, comoquiera que optó en dos ocasiones por la preclusión”.
Igualmente, en el fallo se recordó que en el pronunciamiento de la juez que inicialmente negó la preclusión, se conminó a seguir investigando y no llamar a juicio a Uribe Vélez.
“Precisamente, en virtud tales solicitudes, las autoridades judiciales han podido emitir sendas decisiones, una de las cuales, particularmente el Juzgado 28 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá, destacó la necesidad de continuar con la investigación penal del caso, descartándose que el único camino a tomar sea la inmediata formulación de acusación, como lo postula la petición de tutela, ni siquiera a partir de la ulterior reasignación de delegado fiscal, como viene de verse”.
Con base en esos argumentos, se rechazó la tutela.
“No se evidencia que exista vulneración de derechos en contra de Iván Cepeda Castro, debiéndose negar la solicitud de amparo”.