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La demanda fue presentada por el abogado Hernando Zabaleta Echeverry el 27 de noviembre. No obstante, el despacho del magistrado Luis Alberto Álvarez Parra, de la Sección Quinta del Consejo de Estado, recibió los documentos ayer martes, un día después. Luego de la demanda se radicó otra solicitud: una suspensión provisional.
El consejero Luis Alberto Álvarez Parra ha declarado nulidad en los casos de Roy Barreras, Alexánder López y César Augusto Pachón.
De acuerdo con el abogado Hernando Zabaleta Echeverry, quien presentó la demanda, el gobernador electo incurrió en doble militancia, pues públicamente apoyó a las candidatas Miguelina Pacheco de León y María Charris Pizarro, quienes eran del Partido de la U, para que alcanzaran una curul en el Concejo de Santa Marta y en la Asamblea de Magdalena.
LA DOBLE MILITANCIA
Para Zabaleta, según su solicitud de 22 páginas de suspensión provisional, la aquiescencia de Martínez hacia las postuladas «está plenamente probada» y desconoció «abiertamente» la prohibición de apoyar candidaturas distintas a las inscritas por el partido o movimiento político al que se encuentra afiliado, que es Fuerza Ciudadana.
«La actuación del demandado no hizo otra cosa sino debilitar la disciplina partidista, habida cuenta que, en vez de apoyar a los candidatos de las listas al Concejo de Santa Marta y Asamblea del Magdalena por el Partido Fuerza Ciudadana, se fue a otorgar apoyo a candidatos del Partido de la U, con los que no tenía acuerdo de coalición alguno», expresa el escrito.
Aunque el abogado presentó una acción de nulidad basándose en ese argumento principal, solicitó la suspensión provisional del acto administrativo que designó a Martínez como mandatario argumentando que el consejo Nacional Electoral (CNE) la entregó sin haber contemplado todos los requisitos legales.
De acuerdo con lo que cuenta en su petición, él le pidió al CNE tumbar la candidatura de Martínez, precisamente por la causal de doble militancia. Ese asunto no se resolvió antes del 29 de octubre, cuando se desarrollaron las elecciones en la que Rafael Alejandro Martínez resultó escogido con más de 300 mil votos.
Luego, a pesar de no haber una decisión de fondo, se le entregó su credencial la última semana de noviembre.
«Pese a estar incurso en una causal de inhabilidad, que merecía la revocatoria de inscripción de Rafael Alejandro Martínez, el Consejo Nacional Electoral, de forma injustificada, se sustrajo de sus obligaciones constitucionales y declaró la elección del mismo, sin haber resuelto previamente las solicitudes de revocatoria que se presentaron en contra de dicha inscripción», se lee en el escrito.
Para el demandante, el CNE vulneró su debido proceso administrativo, pues se le negó «una pronta resolución» a su petición de nulidad. «Lo que hubo por parte del Consejo Nacional Electoral no fueron más que dilaciones injustificadas», aseveró Zabaleta Echeverry.
«No estaríamos en estas circunstancias si el Consejo Nacional electoral hubiera resuelto la solicitud de revocatoria de inscripción presentada en contra de Rafael Alejandro Martínez», insistió el demandante, y añadió que Martínez resultó elegido «por pura y simple omisión», dice la demanda