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JEP imputa a Jaime Lasprilla, excomandante del Ejército, por ‘falsos positivos’

El general Jaime Alfonso Lasprilla Villamizar, excomandante del Ejército entre 2014 y 2015 durante el gobierno de Juan Manuel Santos, fue imputado este lunes por la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) por crímenes de guerra y lesa humanidad ocurridos entre 2005 y 2008.

Lasprilla fue llamado a responder junto a otros 34 militares por 200 asesinatos, 32 desapariciones forzadas y ocho tentativas de homicidio que ocurrieron entre 2005 y 2008, cuando los señalados pertenecieron a cuatro unidades militares con incidencia en el Huila.

«La Sala estableció que 192 de las 264 muertes reportadas por esas unidades reportadas oficialmente por los integrantes de las cuatro unidades, durante el período investigado en el subcaso Huila, fueron en realidad homicidios cometidos contra personas fuera de combate», explicó la magistrada Catalina Díaz, de la Sala de Reconocimiento.

Entre los cinco generales imputados como máximos responsables, están tres antiguos comandantes de la Novena Brigada calificados a título de autores por omisión: el mayor general Miguel Ernesto Pérez Guarnizo, el general (r) Jaime Alfonso Lasprilla Villamizar y el brigadier general William Fernando Pérez Laiseca.

«La Sala subrayó que los generales imputados debían proteger los bienes jurídicos de la población, controlar efectivamente a sus subordinados y, a pesar de contar con medidas razonables a su alcance para hacerlo, incumplieron sus obligaciones constitucionales», mencionó el magistrado Alejandro Ramelli.

El togado añadió que desde el mando que ejercieron «fueron permisivos, laxos en los controles y no ejercieron sus competencias de prevención, investigación y sanción», lo cual «facilitó la difusión, permanencia y encubrimiento de los crímenes».

Incluso, en cuanto al encubrimiento, la magistrada Díaz acotó que los militares señalados y los autores directos de los asesinatos «buscaron ocultar lo ocurrido con la selección de las víctimas y por medio de la manipulación de los lugares de los hechos».

«Conseguían armas para implantar, elaboraban documentación operacional falsa y, de forma coordinada, rendían declaraciones amañadas en las investigaciones que se iniciaban de oficio cuando se reportaba una muerte en combate», apuntó la jueza.

La JEP indicó que la permisividad de los generales difundió la percepción de que que la Novena Brigada permitía «el lanzamiento irregular de operaciones para perpetrar homicidios bajo la modalidad de combate simulado».

La jerarquía militar en los años investigados por la JEP determinó un contexto clave para ejercer presiones por parte de los altos oficiales, en las que las muertes en combate se impusieron «como único indicador de éxito militar».

La imputación anunciada por la JEP cobija a los generales retirados Édgar Rodríguez Sánchez y Marcos Evangelista Pinto Lizarazo, así como a otros 30 militares y exmilitares comparecientes que se desempeñaron como integrantes de los pelotones, comandantes de pelotón y de compañías de las cuatro unidades priorizadas.

A diferencia de los generales Lasprilla y Pérez, los otros procesados fueron señalados como coautores de los más de doscientos crímenes imputados. «La Sala considera que esos uniformados siguieron un acuerdo común, con división del trabajo criminal e hicieron aportes esenciales en las fases de planeación, ejecución y encubrimiento de los hechos», expresó Ramelli.

«Más allá de la responsabilidad penal individual que se les atribuye en el subcaso Huila, la Sala de Reconocimiento de la JEP observa una falla sistémica de las instituciones, militares y civiles, encargadas de la protección de la población en el Huila», subrayó el magistrado.

Para Ramelli, «los mecanismos de control disponibles fallaron o fueron insuficientes para proteger los bienes jurídicos de las personas más vulnerables, y solo se adoptaron medidas cuando las atrocidades fueron conocidas por la opinión pública».

Por su parte, el magistrado Óscar Parra destacó que la Justicia Especial se basó, para imputar a los máximos responsables, en siete informes aportados por entidades estatales, organizaciones de víctimas y defensores de derechos humanos.

Asimismo, se fundamentó en 129 versiones de integrantes de la Fuerza Pública. De esos integrantes, 80 son comparecientes voluntarios y 49 son forzosos. El magistrado Ramelli aseguró que determinar la responsabilidad de varios oficiales a los que la justicia ordinaria no ha procesado es un buen augurio de la labor de la JEP.

La JEP documentó ocho sobrevivientes de los hechos imputados. Todos ellos presentaron sus observaciones frente a lo dicho por los militares en diligencias judiciales y permitieron que se estableciera quiénes fueron los máximos responsables.

La magistratura también se basó en más de cien mil folios de expedientes abiertos en más de 65 procesos de la justicia ordinaria y la justicia militar. Por último, se observaron documentos del Ministerio de Defensa con manuales de operaciones e inteligencia, directivas, circulares y resultados operacionales.

Todo el material probatorio permitió determinar que en el Huila, durante la comandancia de Villamizar, Pérez Guarnizo y Pérez Laiseca, se ejecutaron tres patrones macrocriminales: Estigmatización de las víctimas, engaño a personas a partir de su condición de vulnerabilidad y acciones contra grupos delincuenciales sin respetar el derecho internacional humanitario o la doctrina militar.

Los tres patrones se materializaron en una política consolidada en «presión por bajas en combate como único resultado operacional tangencial válido», de acuerdo con el magistrado Parra. Todo derivó en varias conductas denunciadas en las que «la Justicia Penal Militar no logró avances significativos».

«La evidencia judicial indica que los homicidios de personas protegidas, las tentativas de homicidio y las desapariciones forzadas documentadas fueron perpetradas como parte de una ataque generalizado y sistemático contra la población civil, y vulneraron las normas del Derecho Internacional Humanitario», argumentó Parra.

/Colprensa

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