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Solicitudes de Mancuso y Don Mario pasó a la sala de reconocimiento

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Justicia Especial para la Paz (JEP) terminó la revisión de las solicitudes de sometimiento de los exjefes paramilitares Salvatore Mancuso y Daniel Rendón Herrera, alias ‘Don Mario’.

 

Una vez analizada la información, la Sala de Definición remitió los documentos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, Responsabilidad y Determinación de Hechos y Conductas de la JEP, la cual determinará si las Justicia Transicional es competente para juzgar a ‘Mancuso’ y ‘Don Mario’.

Mancuso fue extraditado a los Estados Unidos hace 10 años, mientras que Don Mario fue llevado a las cortes estadounidenses el pasado 23 de abril, ambos requeridos por cargos de narcotráfico.

Estas dos personas se acogieron al proceso de Justicia y Paz con el que se desmontaron los grupos paramilitares durante el gobierno de Álvaro Uribe Vélez. Sin embargo, ‘Don Mario’ decidió desertar de dicho proceso de sometimiento a la justicia para convertirse en el jefe máximo de los reductos de las AUC que años después se conocieron como el Clan del Golfo, cuyos miembros dejaron de lado la lucha antisubversiva para controlar el narcotráfico y la minería ilegal.

Ahora los dos quieren seguir colaborando con la justicia por medio de la JEP, intención que solo puede ser validada por la Sala de Reconocimiento de Verdad, para así colaborar con la verdad en los procesos judiciales y obtener rebajas de penas.

MIEMBROS DE LA FUERZA PÚBLICA

La Jurisdicción Especial para la Paz concedió la libertad transitoria, condicionada y anticipada a cinco miembros de las Fuerzas Militares que firmaron actas de sometimiento a la JEP y han estado privados de la libertad por al menos cinco años.

La decisión que fue adoptada por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, benefició al sargento viceprimero Gustavo Montaña Montaña, ex miembro del Gaula del Ejército en el Casanare; y a los soldados Jorge Enrique Dorado Triviño, José Rafael Campo, William Enrique Tejada Ferrer y Daimer Centeno Cárdenas, que hicieron parte del Batallón La Popa, de Valledupar.

Por otro lado, debido a la falta de información el tribunal se abstuvo de conceder la libertad al soldado Iván Darío Gallego Bedoya, ex miembro del Grupo de Caballería Juan del Corral, sobre quien también cursa un proceso judicial y hoy está sometido a la JEP, sin embargo, la corporación determinó que no hay pruebas suficientes para concederle la libertad.

Estas determinaciones las ha tomado el tribunal una vez la Corte Suprema de Justicia remitió los casos que venían siendo procesados por la justicia ordinaria, y por los que se imputaron los delitos de desaparición forzada, homicidio en persona protegida y homicidio agravado.

Las decisiones de la JEP se dan en el marco del acuerdo final de paz entre el Gobierno Nacional y las FARC y dando cumplimiento a la normativa No. 1 de 2017, en el que menciona que, “la JEP puede conceder libertades transitorias, condicionadas y anticipadas a quienes se someten a la Jurisdicción Especial para la Paz y hayan estado privados de la libertad por lo menos cinco años”.

Las personas que hoy recobraron su libertad deben comparecer ante el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición las veces que sean requeridos. Del mismo modo serán acogidos a los beneficios jurídicos condicionados al cumplimiento de sus compromisos.

BOGOTÁ COLPRENSA

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