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La Procuraduría General de la Nación confirmó la sanción de destitución impuesta a la exalcaldesa de Santa Bárbara del Pinto, Carmen Esther Acosta Marriaga, en el período 2012-2015, y le impuso una inhabilidad de ocho años, por irregularidades en la construcción de un escenario deportivo.
En fallo de segunda instancia, la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular señaló que la exfuncionaria suscribió el contrato e inició las obras sin contar con la licencia de construcción requerida.
Para el Ministerio Público, la entonces alcaldesa vulneró los principios de economía y responsabilidad de la función pública, pues no efectuó una debida planeación antes de iniciar los trabajos, que tenían un presupuesto superior a los 800 millones de pesos.
En la decisión, la Procuraduría indicó que la exalcaldesa “actuó con un nivel de negligencia y falta de cuidado, que impone atribuirle la responsabilidad deducida por la primera instancia”.
Por esos hechos, el órgano de control calificó la conducta de Acosta Marriaga como una falta gravísima cometida a título de culpa gravísima.
El fallo de primera instancia fue proferido por la Procuraduría Provincial de Instrucción de Magangué, Bolívar.
La Procuraduría General de la Nación confirmó la sanción de destitución de Carmen Acosta Marriaga, cuando se desempeñó como alcaldesa de Santa Bárbara de Pinto entre 2012 y 2015, por irregularidades en la construcción de3 escenarios deportivos.