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Consejo de Estado admitió demanda de nulidad contra fórmula tarifaria de energía

La Sala Plena del Consejo de Estado admitió la demanda de nulidad por inconstitucionalidad contra la fórmula tarifaria en el servicio de energía que traslada el cobro de pérdidas a los usuarios regulados y no regulados del mercado.

Lo anterior, al asegurar que “bajo ningún punto de vista se puede trasladar al usuario o consumidor lo atinente al costo de las llamadas pérdidas no técnicas”, destacado en el artículo 2.2.3.2.5.1 del Decreto 1073 de 2015, del Ministerio de Minas y Energía, decreto único reglamentario del sector administrativo de minas y energía.

En este sentido, la Sala detalló que la demanda no se presentó contra un decreto ley expedido en ejercicio de facultades extraordinarias, ni un decreto legislativo cuya revisión correspondiera a la Corte Constitucional.

“Se trata de un reglamento, expedido en ejercicio de atribuciones permanentes del Presidente de la República, señaladas en el artículo 189 de la Constitución Política, de naturaleza administrativa”, se lee en el documento.

La demanda se presentó en junio de 2023 contra la Nación y el Ministerio de Minas y Energía y el Consejo de Estado también ordenó la notificación del Ministerio Público y la Agencia Jurídica del Estado.

Entre las pretensiones del demandante se encuentra la declaración de la nulidad por Inconstitucionalidad de la expresión “el cual será trasladado a todos los Usuarios Regulados y No Regulados conectados al respectivo mercado”, o en su lugar, proclamar como “Constitucionalidad Condicionada” su debida interpretación.

DECISIÓN DE FONDO

Admitida esta demanda “significa que va a haber una decisión de fondo”, al tiempo que se consideró que “la realidad es que el legislativo, los congresistas, tienen en sus manos hoy la solución, que es asignar presupuesto para que haya un arreglo definitivo. Así que, aunque tenemos la demanda, la solución de fondo la tienen nuestros legisladores”, dijo en su momento el alcalde Jaime Pumarejo.

LA PERVERSIDAD

La perversidad llegó a través de las resoluciones 010 de 2020 y 078 del 24 de junio de 2021 de la Creg, las cuales otorgan facultades y autorización a la compañía Air-e para que realice un cobro retroactivo a los usuarios por emolumentos de años anteriores a la fecha de entrada en vigencia de la resolución y que no se habían cobrado ni facturado antes.

“Los mandatarios de la región consideramos que dichas resoluciones violan los artículos 94 y 150 de la Ley 142 de 1994, así como el artículo 318 de la Ley 1955 de 2019, teniendo en cuenta que no se permiten alzas destinadas a recuperar pérdidas patrimoniales porque la recuperación patrimonial deberá hacerse, exclusivamente, con nuevos aportes de capital de los socios, o con cargo a las reservas de la empresa o a sus nuevas utilidades”, precisó Pumarejo. Y agregó que también, por permitir un incremento tarifario por conceptos que no están autorizados por el artículo 318 de la Ley 1955 de 2019 (pérdida reconocida de energía).

Actualmente  la región Caribe está pagando las tarifas más caras en el país por el servicio de energía: un hogar de estrato uno de Bogotá paga, en promedio, $36.039; mientras que una familia del mismo estrato en Santa Marta a causa de una mayor necesidad de consumo por las condiciones climáticas de la región y por el difícil efecto de tener la tarifa más alta de Colombia, recibe una factura promedio de $90.526.

De otro lado, la región Caribe tiene una condición particular debido a que se dan altas temperaturas, que naturalmente disparan el consumo energético y el costo del servicio de electricidad, a diferencia de otras regiones del interior del país.

AFECTACIÓN ECONOMICA

El incremento permanente de la energía está afectando de manera notable la economía de las familias de los estratos 1 y 2, que según el DANE representan el 54,4 % de la población general; adicionalmente, el 94% de la subnormalidad eléctrica se concentra en el Caribe colombiano. La afectación es a todos los niveles de consumo residencial y amenaza la productividad económica de la Costa”, consideraron los alcaldes al momento de interponer la demanda que ha sido admitida por el Consejo de Estado.

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